ORDEN de 1 de abril de 2013 por la que se designa a los órganos de esta consellería competentes para la tramitación de las comunicaciones previas al ejercicio de actividades de producción y gestión de residuos previstas por la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE, TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS
Rango de LeyOrden

La Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, con el carácter de legislación básica estatal, introdujo diversas novedades y modificaciones con respecto al régimen precedente, incluyendo nuevas actividades relacionadas con la intermediación en el mercado de los residuos, como la negociación o la agencia junto con la recogida, transporte y tratamiento que ya se venían englobando en el concepto de gestión.

Con el fin de facilitar el acceso a la actividad de las personas prestadoras de servicios relacionados con los residuos e incluso de los/las productores/as de los mismos, la citada ley disgrega el régimen de intervención administrativa sobre sus actividades distinguiendo entre la autorización de las instalaciones de gestión, que corresponde otorgar a la comunidad autónoma donde aquellas radiquen, y la autorización de las personas que realicen operaciones de tratamiento, que recae en la comunidad autónoma donde la persona tenga su domicilio social, teniendo eficacia en todo el territorio español. Por otra parte, la instalación, ampliación, modificación sustancial o traslado de industrias o actividades que generen residuos peligrosos o más de 1.000 toneladas anuales de residuos no peligrosos, junto con las actividades de eliminación de residuos propios en el lugar de producción o de valorización de residuos no peligrosos que puedan ser eximidas de la obtención de autorización mediante orden ministerial, se someten a mera comunicación previa al inicio de la actividad dirigida al órgano competente de la comunidad autónoma donde estén ubicadas; y las actividades de recogida de residuos sin instalación asociada, transporte profesional de residuos, negociación o agencia se sujetan a comunicación previa ante el órgano competente de la comunidad donde tengan su sede social.

La Ley 22/2011 señala que las comunicaciones y autorizaciones previstas por la misma tendrán validez en todo el territorio nacional y serán inscritas por las comunidades autónomas en sus respectivos registros, incorporándose a un registro de producción y gestión de residuos compartido y único en todo el territorio nacional.

En el ámbito autonómico gallego, el Decreto 174/2005, de 9 de junio, por el que se regula el régimen jurídico de la producción y gestión de residuos, y el Registro General de Productores y Gestores de Residuos de Galicia, que debe considerarse vigente en todo lo que no se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR