Corrección de errores.-Orden de 20 de diciembre de 2010 por la que se aprueba el Plan General de Explotación Marisquera para el año 2011.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERÍA DEL MAR
Rango de LeyLey

Advertidos errores en la Orden de 20 de diciembre de 2010, publicada en el DOG nº 251, del 31 de diciembre de 2010, por la que se aprueba el Plan General de Explotación Marisquera para el año 2011 se hacen las oportunas correcciones:

En la página 21.575, margen derecho.

Artículo 5º Centolla (Maja brachydactyla).
  1. Consideraciones generales.

    1. Período de captura autorizado.

    Donde dice:

    -En la provincia de A Coruña y Pontevedra: del 2 de enero al 31 de marzo; del 1 de junio al 31 de agosto y del 6 de noviembre al 31 de diciembre.

    -En la provincia de Lugo: del 2 de enero al 31 de marzo; del 1 de junio al 31 de agosto y del 27 de noviembre al 31 de diciembre

    .

    Debe decir:

    -En la provincia de A Coruña y Pontevedra: del 2 de enero al 31 de marzo; del 1 de junio al 31 de agosto y del 6 de noviembre al 30 de diciembre.

    -En la provincia de Lugo: del 2 de enero al 31 de marzo; del 1 de junio al 31 de agosto y del 27 de noviembre al 30 de diciembre

    .

    En la página 21.577, margen izquierdo.

  2. Embarcaciones con nasa de pulpo.

    1. Horario de trabajo:

      Donde dice:

      -Desde el 1 de enero al 30 de abril y del 1 de noviembre al 31 de diciembre de 2011: desde las 7.00 horas a las 17.00 horas. El descanso semanal se desarrollará desde las 17.00 horas del viernes hasta las 7.00 horas del lunes.

      -Del 1 de mayo al 31 de octubre de 2011: desde las 6.00 horas a las 16.00 horas. El descanso semanal se desarrollará desde las 16.00 horas del viernes hasta las 6.00 horas del lunes

      .

      Debe decir:

      -Desde el 3 de enero al 29 de abril y del 1 de noviembre al 30 de diciembre de 2011: desde las 7.00 horas a las 17.00 horas. El descanso semanal se desarrollará desde las 17.00 horas del viernes hasta las 7.00 horas del lunes.

      -Del 2 de mayo al 31 de octubre de 2011: desde las 6.00 horas a las 16.00 horas. El descanso semanal se desarrollará desde las 16.00 horas del viernes hasta la 6.00 horas del lunes

      .

    2. Régimen de calado de las nasas:

      Donde dice: «-De cabo Silleiro a cabo Corrubedo: por fuera de las líneas que se señalan en el anexo I y en fondos superiores a los 15 metros, las nasas podrán permanecer en su calado sin ser llevadas a puerto, incluso durante el período de descanso semanal. Por dentro de las líneas del anexo I, las nasas deberán levantarse de su calado y llevarse a puerto todos los días».

      Debe decir: «-De cabo Silleiro a punta Con de Aguieira: por fuera de las líneas que se señalan en el anexo I y en fondos superiores a los 15 metros, las nasas podrán permanecer en su calado sin ser llevadas a puerto, incluso durante el período de descanso semanal. Por dentro de las líneas del anexo I, las nasas deberán levantarse de su calado y llevarse a puerto todos los días».

      Añadir después del anexo I los anexos II, III, IV y V.

      Cuadro A: planes de explotación en autorizaciones marisqueras.

      -En la página 21.579: provincia de A Coruña, 3ª fila, C.P. A Coruña (modalidad a pie).

      Donde dice: «Época probable de extracción: noviembre y diciembre, diciembre».

      Debe decir: «Época probable de extracción: noviembre y diciembre».

      -En la página 21579: provincia de A Coruña, 18ª fila, C.P. Noia (modalidad embarcación rastro de vieira).

      Donde dice: «Época probable de extracción: de enero a abril, noviembre y diciembre».

      Debe decir: «Época probable de extracción: de enero a febrero, noviembre y diciembre».

      -En la página 21580: provincia de Pontevedra, 4ª fila, C.P. Baiona (modalidad a pie).

      Donde dice: «Épocas probables de extracción: de enero a marzo y de julio a diciembre, con una veda de dos meses consecutivos, en mayo y junio».

      Debe decir: «Épocas probables de extracción: de enero a marzo y de junio a diciembre, con una veda de dos meses consecutivos, en abril y mayo».

      -En la página 21580: provincia de Pontevedra, 9ª fila, C.P. O Grove (modalidad a pie).

      Donde dice: «Especies: almeja fina, almeja japonesa, almeja babosa, almeja dorada, berberecho, escupiña grabada y relojito».

      Debe decir: «Especies: almeja fina, almeja japonesa, almeja babosa, almeja dorada, berberecho, escupiña grabada y relojito, lapa, bígaro y cañaílla».

      Cuadro B: planes expecíficos en zonas de libre marisqueo.

      -En la página 21582: provincia de A Coruña, 8ª fila, C.P. Corcubión (modalidad a pie).

      Donde dice: «Puntos de control: zona de producción: playa de Estorde, playa de Cee y playa de muelle de Corcubión».

      Debe decir: «Puntos de control: zona de producción: playa de Estorde, playa de Cee y playa y muelle de Corcubión».

      Cuadro D: planes de explotación de percebe (Pollicipes pollicipes).

      -En la página 21585: provincia de A Coruña, 13ª fila, C.P. Muxía (modalidad a pie y embarcación).

      Donde dice: «Puntos de control:

      A pie: zona A: salida de la pista de Moreira; zona B: campo de Carlos; zona C: campo de Boubirón y A Barca.

      Embarcación: rampa del muelle de Muxía».

      Debe decir: «Puntos de control:

      A pie: zona A: salida de la pista de Moreira; zona B: campo de Carlos; zona C1: campo de Boubirón y A Barca; zona C2: explanada de la cetárea de Merexo.

      Embarcación: rampa del muelle de Muxía».

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