CORRECCIÓN de errores. Resolución de 3 de mayo de 2011 por la que se anuncia convocatoria pública de subvenciones a las industrias culturales para el año 2011.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorAGENCIA GALLEGA DE LAS INDUSTRIAS CULTURALES
Rango de LeyLey

Advertido error en dicha resolución publicada en el Diario Oficial de Galicia n.º 99, del martes, 24 de mayo de 2011, es necesario realizar las siguientes correcciones:

En la página 11162, punto 5, apartado a), donde dice: «De presentación de solicitudes: las solicitudes deberán presentarse, en todo caso, con anterioridad al 31 de octubre de 2011. Para los espectáculos distribuidos entre el 1 de noviembre de 2010 y la fecha de publicación de esta resolución de convocatoria de subvenciones, el plazo de solicitud será de un mes, contado a partir de la fecha de publicación.»; debe decir: «De presentación de solicitudes: las solicitudes deberán presentarse, en todo caso, con anterioridad al 31 de octubre de 2011. Para los espectáculos distribuidos entre el 1 de noviembre de 2010 y la fecha de publicación de esta resolución de convocatoria de subvenciones, el plazo de solicitud será de un mes, contado a partir de la fecha de publicación. Si la actividad o espectáculo se lleva a cabo a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria, las solicitudes se presentarán desde el uno de julio y hasta el 31 de octubre.»

En la página 11162, punto 5, apartado c), donde dice: «De justificación: un mes, contado desde la finalización de la distribución o gira del espectáculo objeto de la subvención y, en todo caso, con el límite máximo del 15 de noviembre de 2011.

En todo caso, y para garantizar un mejor uso de los fondos económicos destinados a esta modalidad, se establece la siguiente temporalidad:

Si la actividad o espectáculo se lleva a cabo antes del 31 de mayo, las solicitudes se presentarán hasta el 31 de mayo de 2011. Las solicitudes concedidas en este plazo tendrán un mes para la justificación de la ayuda recibida, contado desde la notificación de la concesión.

Si la actividad o espectáculo se lleva a cabo a partir del 1 de junio, las solicitudes se presentarán desde el 1 de junio y hasta el 31 de octubre.

En la modalidad d.3 el plazo de presentación de solicitudes será el general (un mes desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia) y el de justificación será hasta el día 30 de octubre de 2011, como fecha límite»; debe decir: «De justificación: un mes, contado desde la finalización de la distribución o gira del espectáculo objeto de la subvención y, en todo caso, con el límite máximo del 15 de noviembre de 2011.

En la modalidad d.3 el plazo de presentación de solicitudes será el general (un mes desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia) y el de justificación será hasta el día 15 de noviembre de 2011, como fecha límite».

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