Resolución de 9 de diciembre de 1999 por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de plazas de técnicos especialistas que realizan funciones informáticas vacantes en la plantilla de personal laboral de esta universidad.

Sección4 - Oposiciones y Concursos
EmisorUNIVERSIDAD DE A CORUÑA
Rango de LeyResolución

Aprobada por Resolución de 10 de agosto de 1995 la oferta de empleo público de personal de administración y servicios de la Universidad de A Coruña, y aprobado por la Junta de Gobierno el sistema de selección de concurso-oposición para la provisión de las plazas de técnicos especialistas de informática, según establece el artículo 111.3º de los estatutos.

Este rectorado, en el uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 18 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de reforma universitaria, en relación con el artículo 3º.2 e) de la misma norma, así como en los estatutos de esta universidad, aprobados por decreto de la Xunta de Galicia 253/1992, de 10 de septiembre (DOG del 17 de septiemmbre) y modificados por decreto de la Xunta de Galicia 245/1998, de 30 de julio (DOG del 28 de agosto), y con el objeto de atender las necesidades de técnicos especialistas que realizan funciones informáticas,

RESUELVE:

Primero.-Convocar pruebas selectivas para cubrir 7 plazas de técnicos especialistas de informática (nº 194, 195, 212, 340, 341, 399 e 412 de la relación de puestos de trabajo) de la Universidad de A Coruña.

Las pruebas selectivas se realizarán con sujección a las siguientes

Bases de la convocatoria

  1. Solicitudes.

    1.1. Los que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán solicitarlo en la instancia según modelo que figura como anexo IV. A la instancia se adjuntará fotocopia del documento nacional de identidad, acreditándose además el pago de los derechos de examen en la forma prevista en el punto 1.2.

    Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar dos fotocopias del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración o promesa de éste de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

    Las solicitudes se dirigirán al rector de la Universidad de A Coruña en el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

    La presentación de las solicitudes se hará en el registro general de la Universidad de A Coruña (edi

    ficio del Rectorado, calle de la Maestranza, s/n, CP 15001) y Ferrol (Vicerrectorado del Campus, Doctor Vázquez Cabrera, s/n, CP 15001), o en las restantes formas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14 de enero).

    Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas y consulares españolas correspondientes.

    1.2. Los derechos de examen serán de 7.515 pesetas que se ingresarán, directamente o mediante transferencia, en cualquiera de las oficinas de la Caja Postal, en la cuenta corriente número 1302-1700-42-0017957982, «Pruebas selectivas para técnicos especialistas de informática», a nombre de la Universidad de A Coruña. La solicitud deberá ir acompañada del justificante acreditativo del ingreso, cuya falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso el pago supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en el punto 1.1.

    1.3. Los aspirantes que aleguen méritos en la fase de concurso deberán acreditarlos mediante la presentación de los documentos justificativos originales o copias compulsadas. Los servicios prestados en la Universidad de A Coruña se acreditarán mediante certificación expedida por la gerencia de la universidad. La documentación acreditativa de los méritos estará referida a la fecha de publicación en el DOG de la presente convocatoria, y deberá incorporarse a la solicitud.

    1.4. Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad podrán indicarlo en el recuadro número 14 de la solicitud y solicitar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea necesaria, expresándolo en el recuadro número 15.

    1.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hagan constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 1.1. para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, excepto causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por el tribunal.

  2. Requisitos de los candidatos.

    2.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir y mantener los siguientes requisitos:

    1. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos estados, los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, les sea de aplicación a libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta está definida

      en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros estados cuando así se prevea en los tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.

    2. Haber cumplido dieciocho años de edad y no exceder de los sesenta y cinco.

    3. Estar en posesión de una titulación de FP de 2º grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite...

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