Decreto 18/2008, de 7 de febrero, por el que se modifica el Decreto 1/2006, de 12 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Rango de LeyDecreto

El Decreto 1/2006, de 12 de enero, modificado por el Decreto 99/2007, de 24 de mayo, estableció la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible.

En el citado decreto se contemplaba, bajo la dependencia de la Secretaría General, la Subdirección General de Planificación, Estudios e Informes, de la que, a su vez, dependía el Servicio de Supervisión, Inspección de Proyectos, Obras y Servicios. La experiencia alcanzada en relación con las funciones de dicho servicio desde la entrada en vigor del decreto conlleva que se considere que pueden ser desarrolladas adecuadamente por otro personal facultativo de la Subdirección General, con el apoyo de personal técnico de los distintos centros directivos, lo que hace innecesario contar con él, por lo que procede su supresión.

Por otra parte la complejidad creciente y el incremento del trabajo en materia de régimen jurídico, derivados del ejercicio de las competencias de la consellería, aconseja reforzar este ámbito; a ese efecto se crea una nueva unidad, con rango de subdirección general, que bajo la dependencia de la Secretaría General desempeñará las correspondientes funciones.

En consecuencia, a propuesta del conselleiro de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, previo informe de las consellerías de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia y de Economía y Hacienda, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia y tras la deliberación del Consello da Xunta de Galicia en su reunión de siete de febrero de dos mil ocho,

DISPONGO:

Artículo único Se modifica el Decreto 1/2006, de 12 de enero, en los siguientes términos:

Primero.-Se suprime el Servicio de Supervisión, Inspección de Proyectos, Obras y Servicios, dependiente de la Subdirección General de Planificación, Estudios e Informes, del artículo 4º.2.3.1

Segundo.-El apartado 2.4 del artículo 4º queda redactado de la siguiente manera:

2.4.-Subdirección General de Régimen Jurídico Administrativo, con las siguientes funciones:

a) Informe y tramitación de todos los proyectos de disposición de carácter general que elaboren los distintos centros directivos de la consellería, de las recopilaciones y refundición de normas.

b) Preparación e informe de los asuntos que se elevarán al Consello...

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