Decreto 74/2000, de 23 de marzo, de modificación del Decreto 38/1999, de 5 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERIA DE POLITICA TERRITORIAL, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA
Rango de LeyDecreto

La complejidad técnica y jurídica de las competencias en materia de disciplina urbanística, consecuente con las modificaciones normativas hacen necesaria una reasignación de las funciones y competencias en la materia que resulte acorde con los principios de coordinación, economía, celeridad y eficacia que deben presidir la actuación administrativa y adecuada con la organización de la inspección y vigilancia urbanística de reciente creación.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, con el informe previo de las consellerías de la Presidencia y Administración Pública y de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintitrés de marzo de dos mil,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se modifica la letra i) del artículo 6; y el apartado 2 del artículo 7 del Decreto 38/1999, de 5 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, que quedan redactados del siguiente modo:

Artículo 6º

letra i):

i) Resolver los expedientes de reposición de la legalidad urbanística, en los supuestos establecidos por el artículo 180 de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia, y resolver los expedientes sancionadores por infracciones urbanísticas muy graves cuando la cuantía de la multa no sea superior a diez millones de pesetas.

.

Artículo 7º

apartado 2:

2. Subdirección General de Disciplina e Informes, con las siguientes funciones:

a) Coordinar la inspección y vigilancia urbanística.

b) Acordar la iniciación de los expedientes sancionadores por infracciones urbanísticas muy graves y nombrar al instructor de los mismos.

c) Elevar al director general la propuesta de resolución de los expedientes de reposición de la legalidad urbanística en los supuestos contemplados por el artículo 180 de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia.

d) Elaborar informes y dictámenes encomendados por el director general.

.

Artículo 2º

Se suprime el párrafo segundo del artículo 13 y la disposición adicional segunda del Decreto 38/1999,

de 5 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda.

Disposición final

Este decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el...

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