Decreto 14/2008, de 7 de febrero, por el que se modifica el Decreto 536/2005, de 6 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Trabajo, y se establece la estructura orgánica básica del Instituto Gallego de Seguridad y Salud Laboral.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERIA DE TRABAJO
Rango de LeyDecreto

Por medio del Decreto 536/2005, de 6 de octubre, fue aprobada la estructura orgánica de la Consellería de Trabajo. Esa estructura fue objeto de modificación por el Decreto 20/2007, de 22 de febrero, al fin de hacer más ágil y eficaz la gestión administrativa de la consellería.

La entrada en vigor de la Ley 2/2007, de 28 de marzo, del trabajo en igualdad de las mujeres de Galicia, hace necesario modificar la estructura orgánica de la consellería para una mejor ejecución y desarrollo de las competencias y funciones atribuidas a la misma.

Por otra parte, la aprobación de la Ley 14/2007, de 30 de octubre, por la que se crea y regula el Instituto Gallego de Seguridad y Salud Laboral, hace necesario establecer la estructura administrativa básica del mismo, sin perjuicio de que, con posterioridad y conforme a lo establecido en la disposición adicional tercera de la ley, se proceda a la publicación de su reglamento orgánico y funcional.

En consecuencia, a propuesta del conselleiro de Traballo, tras el informe de las Consellerías de Presidencia, Administracións Públicas e Xusticia y de Economía e Facienda, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día siete de febrero de dos mil ocho,

DISPONGO:

Artículo único Modificación del Decreto 536/2005, de 6 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Trabajo.

El Decreto 536/2005, de 6 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Trabajo, queda modificado como sigue:

Uno. Se modifica el punto 2 del artículo 2.

2. Quedan adscritos a la Consellería de Trabajo el Consejo Gallego de Relaciones Laborales, creado por la Ley 7/1988, de 12 de julio, y el Instituto Gallego de Seguridad y Salud Laboral, creado por la Ley 14/2007, de 30 de octubre

.

Dos. Se modifica el punto 3 del artículo 4º.dos del apartado II. Secretaría General.

3. Subdirección General de Apoyo Técnico Jurídico.

Esta unidad tendrá a su cargo:

-El estudio y tramitación de las propuestas de disposiciones de carácter general y la elaboración de las compilaciones y propuestas de refundición de las normas emanadas por los distintos centros directivos de la consellería.

-La preparación y tramitación de los expedientes que se eleven al Consello de la Xunta de Galicia, sus comisiones delegadas y a la Comisión de Secretarios, así como el traslado de los acuerdos de estos órganos.

-La realización de cuantas actuaciones sean necesarias respecto de las fundaciones de interés gallego sobre las que la consellería ejerza el protectorado.

-La tramitación y la propuesta de resolución de los recursos, de los expedientes de responsabilidad patrimonial, de revisión de los actos en vía administrativa y de los expedientes sancionadores cuya resolución corresponda a los directores generales, al conselleiro o al Consello de la Xunta de Galicia en las materias competencia de la consellería.

-La coordinación de la publicación de toda clase de disposiciones dictadas por los órganos de la consejería y entidades adscritas que deban ser publicadas en el Diario Oficial de Galicia.

-En general, cuantos asuntos le sean encomendados por razón de su competencia por el secretario general

.

Tres. Se añade un nuevo punto 4º al artículo 4.dos del apartado II. Secretaría General.

4. Servicio de Igualdad Laboral. Este servicio es el órgano encargado de integrar la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR