Decreto 342/2002, de 28 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 403/2001, de 28 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Emigración y Cooperación Exterior.
Sección | 1 - Disposiciones Generales |
Emisor | CONSELLERÍA DE EMIGRACIÓN Y COOPERACIÓN EXTERIOR |
Rango de Ley | Decreto |
La creación de nuevos programas y multiplicación de las acciones de ayuda a los emigrantes gallegos, el fenómeno creciente del retorno y el incremento de proyectos en materia de cooperación al desarrollo aconsejan realizar modificaciones en la estructura orgánica de la Consellería de Emigración y Cooperación Exterior, de acuerdo con criterios de eficacia, para mejorar la organización administrativa y la prestación de servicios administrativos.
En su virtud, a propuesta del conselleiro de Emigración y Cooperación Exterior, previo informe de las consellerías de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, y de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintiocho de noviembre de dos mil dos,
DISPONGO:
Se modifica el artículo 4º dos 1, que quedará redactado como sigue:
Bajo la dependencia directa del secretario general existirán las siguientes unidades:
-
Subdirección General de Coordinación Administrativa y Control Presupuestario, que ejercerá las siguientes funciones:
-
La asistencia técnica y administrativa al secretario general en todos los asuntos que este le encomiende.
-
La gestión de todos los asuntos relacionados con el personal de la consellería, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a los órganos competentes de las consellerías de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública y de Economía e Hacienda.
-
La coordinación de la elaboración del anteproyecto de presupuesto, su seguimiento y control.
-
La organización del registro y la coordinación con otros registros existentes en la consellería.
-
La contratación administrativa, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos.
-
La coordinación de las publicaciones de la consellería.
-
La coordinación de la formación de estadísticas, estudios e investigaciones acerca de las competencias de la consellería, sin perjuicio de las que tiene asumidas el Instituto Gallego de Estadística.
-
La gestión de las inversiones, compras, suministraciones y servicios de la consellería, sin perjuício
de las competencias que puedan tener atribuidas otros órganos de la misma.
-
El establecimiento, seguimiento y mantenimiento de los procesos informáticos de la consellería, sin perjuicio de las competencias que la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública tiene atribuidas en esta materia.
-
La tramitación de la remisión de los asuntos que deban someterse al Consello de la Xunta de Galicia o a las comisiones delegadas, así como de las disposiciones y actos administrativos que deban publicarse en el Diario Oficial de Galicia o en cualquier otro diario oficial.
-
El desempeño de las funciones de índole administrativa que tenga encomendadas la consellería en relación con las fundaciones sobre las que ejerza el protectorado.
-
Todos los aspectos relacionados con el régimen interno de la consellería.
-
La organización del archivo de la consellería.
Se estructura en las siguientes unidades:
1.1 Servicio de Gestión Presupuestaria y Régimen Interior.
Son funciones de este servicio:
-
La elaboración del anteproyecto de presupuesto.
-
La gestión y seguimiento de la ejecución presupuestaria.
-
La habilitación de pagos, excepto los relativos al capítulo I.
-
El registro general de la consellería.
-
El archivo.
-
El régimen interior.
1.2. Servicio Técnico Jurídico, Contratación y de Personal.
Son funciones de este servicio:
-
Estudiar los proyectos de disposiciones que vaya a promulgar la consellería adaptándolos a las prescripciones del ordenamiento jurídico cuando así se le encomiende.
-
Elaborar las propuestas de resolución de los recursos administrativos que debe resolver el conselleiro.
-
El estudio de las disposiciones de carácter general que se deban someter a la Comisión de Secretarios Generales y que sean encargadas por el secretario general.
-
El registro, archivo y costodia de las disposiciones legales emanadas de la consellería o de sus centros directivos.
-
Las funciones relativas al ejercicio del protectorado en relación con aquellas fundaciones que se encuentren bajo la tutela de la Consellería de Emigración y Cooperación Exterior.
-
La tramitación de los expedientes de contratación administrativa.
-
La tramitación de los expedientes administrativos relativos al personal funcionario y laboral dependiente de la consellería.
-
La habilitación de pagos relativos al capítulo I.
-
Programar las necesidades del personal de la consellería.
-
El control de asistencia y puntualidad.
-
Aquellas otras actividades relativas al personal de la consellería que, en su ámbito de competencia, le encomiende el secretario general.
Se modifica el artículo 5º, que quedará redactado como sigue:
Uno.-La Dirección General de Emigración es el centro directivo encargado de ejecutar la política de la Xunta de Galicia sobre Comunidades Gallegas asentadas fuera de Galicia. A tal fin ejercerá las siguintes competencias:
-
Las actuaciones en las materias derivadas de la Ley 4/1983, de 15 de junio, de reconocimiento de la galleguidad.
-
Las relaciones de la Xunta de Galicia con las Comunidades...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba