Decreto 342/2002, de 28 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 403/2001, de 28 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Emigración y Cooperación Exterior.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERÍA DE EMIGRACIÓN Y COOPERACIÓN EXTERIOR
Rango de LeyDecreto

La creación de nuevos programas y multiplicación de las acciones de ayuda a los emigrantes gallegos, el fenómeno creciente del retorno y el incremento de proyectos en materia de cooperación al desarrollo aconsejan realizar modificaciones en la estructura orgánica de la Consellería de Emigración y Cooperación Exterior, de acuerdo con criterios de eficacia, para mejorar la organización administrativa y la prestación de servicios administrativos.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Emigración y Cooperación Exterior, previo informe de las consellerías de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, y de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintiocho de noviembre de dos mil dos,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se modifica el artículo 4º dos 1, que quedará redactado como sigue:

Bajo la dependencia directa del secretario general existirán las siguientes unidades:

  1. Subdirección General de Coordinación Administrativa y Control Presupuestario, que ejercerá las siguientes funciones:

  1. La asistencia técnica y administrativa al secretario general en todos los asuntos que este le encomiende.

  2. La gestión de todos los asuntos relacionados con el personal de la consellería, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a los órganos competentes de las consellerías de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública y de Economía e Hacienda.

  3. La coordinación de la elaboración del anteproyecto de presupuesto, su seguimiento y control.

  4. La organización del registro y la coordinación con otros registros existentes en la consellería.

  5. La contratación administrativa, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos.

  6. La coordinación de las publicaciones de la consellería.

  7. La coordinación de la formación de estadísticas, estudios e investigaciones acerca de las competencias de la consellería, sin perjuicio de las que tiene asumidas el Instituto Gallego de Estadística.

  8. La gestión de las inversiones, compras, suministraciones y servicios de la consellería, sin perjuício

    de las competencias que puedan tener atribuidas otros órganos de la misma.

  9. El establecimiento, seguimiento y mantenimiento de los procesos informáticos de la consellería, sin perjuicio de las competencias que la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública tiene atribuidas en esta materia.

  10. La tramitación de la remisión de los asuntos que deban someterse al Consello de la Xunta de Galicia o a las comisiones delegadas, así como de las disposiciones y actos administrativos que deban publicarse en el Diario Oficial de Galicia o en cualquier otro diario oficial.

  11. El desempeño de las funciones de índole administrativa que tenga encomendadas la consellería en relación con las fundaciones sobre las que ejerza el protectorado.

  12. Todos los aspectos relacionados con el régimen interno de la consellería.

  13. La organización del archivo de la consellería.

    Se estructura en las siguientes unidades:

    1.1 Servicio de Gestión Presupuestaria y Régimen Interior.

    Son funciones de este servicio:

  14. La elaboración del anteproyecto de presupuesto.

  15. La gestión y seguimiento de la ejecución presupuestaria.

  16. La habilitación de pagos, excepto los relativos al capítulo I.

  17. El registro general de la consellería.

  18. El archivo.

  19. El régimen interior.

    1.2. Servicio Técnico Jurídico, Contratación y de Personal.

    Son funciones de este servicio:

  20. Estudiar los proyectos de disposiciones que vaya a promulgar la consellería adaptándolos a las prescripciones del ordenamiento jurídico cuando así se le encomiende.

  21. Elaborar las propuestas de resolución de los recursos administrativos que debe resolver el conselleiro.

  22. El estudio de las disposiciones de carácter general que se deban someter a la Comisión de Secretarios Generales y que sean encargadas por el secretario general.

  23. El registro, archivo y costodia de las disposiciones legales emanadas de la consellería o de sus centros directivos.

  24. Las funciones relativas al ejercicio del protectorado en relación con aquellas fundaciones que se encuentren bajo la tutela de la Consellería de Emigración y Cooperación Exterior.

  25. La tramitación de los expedientes de contratación administrativa.

  26. La tramitación de los expedientes administrativos relativos al personal funcionario y laboral dependiente de la consellería.

  27. La habilitación de pagos relativos al capítulo I.

  28. Programar las necesidades del personal de la consellería.

  29. El control de asistencia y puntualidad.

  30. Aquellas otras actividades relativas al personal de la consellería que, en su ámbito de competencia, le encomiende el secretario general.

Artículo 2º

Se modifica el artículo 5º, que quedará redactado como sigue:

Uno.-La Dirección General de Emigración es el centro directivo encargado de ejecutar la política de la Xunta de Galicia sobre Comunidades Gallegas asentadas fuera de Galicia. A tal fin ejercerá las siguintes competencias:

  1. Las actuaciones en las materias derivadas de la Ley 4/1983, de 15 de junio, de reconocimiento de la galleguidad.

  2. Las relaciones de la Xunta de Galicia con las Comunidades...

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