Decreto 175/2007, de 13 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 562/2005, de 1 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería del Medio Rural y del Fondo Gallego de Garantía Agraria.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERIA DEL MEDIO RURAL
Rango de LeyDecreto

La Consellería del Medio Rural es el órgano de la Administración gallega encargado de proponer y ejecutar las directrices generales del gobierno en el ámbito rural que engloba las competencias en materia de agricultura, ganadería, montes y prevención y defensa de los incendios forestales, desarrollo rural y ordenación comarcal, estructuras rurales e industrias agroalimentarias, ejerciéndolas en la forma establecida en el Decreto 562/2005, de 1 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería del Medio Rural y del Fondo Gallego de Garantía Agraria.

Dado el tiempo transcurrido desde la entrada en vigor de la estructura orgánica, es necesario acomodar la misma a las nuevas necesidades para la mejor atención a las competencias y funciones que se le atribuyen a la Consellería del Medio Rural, respetando los principios de eficacia y economía que siempre deben presidir la actuación y la organización administrativa.

Por tanto, y a propuesta del conselleiro del Medio Rural, previo informe de las consellerías de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia y Economía y Hacienda, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero, modificada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día trece de septiembre de dos mil siete,

DISPONGO:

Artículo único Modificaciones en el Decreto 562/2005, de 1 de diciembre:

Uno.-Se añade un nuevo párrafo al final del artículo 3:

-El ente público Instituto Gallego de la Calidad Alimentaria

.

Dos.-El apartado 3 del artículo 5º queda redactado en los siguientes términos:

«3. Subdirección General de Apoyo Jurídico, que tendrá a su cargo la elaboración de informes y dictámenes y el estudio de las propuestas de disposiciones que elaboren los distintos centros directivos de la consellería; la preparación y tramitación de los expedientes que se eleven al Consello de la Xunta de Galicia y sus comisiones delegadas y del traslado de acuerdos de éstas; la coordinación de la publicación de toda clase de disposiciones y actos administrativos dictados por los órganos de la consellería y entidades adscritas que deban ser publicadas en el Diario Oficial de Galicia; así como otros asuntos que, por razón de su competencia, les sean encomendados por el secretario general.

Para el ejercicio de sus funciones contará con las siguientes unidades con nivel orgánico de servicio.

3.1. Servicio Técnico-Jurídico, al que le corresponderá la tramitación y la propuesta de resolución de los expedientes de responsabilidad patrimonial, reintegros de subvenciones, de la revisión de los actos en vía administrativa y de los expedientes sancionadores cuya resolución corresponda a los directores generales, al conselliero o al Consello de la Xunta de Galicia en las materias competencia de la consellería; así como la realización de cuantas actuaciones sean necesarias respeto de las fundaciones de interés gallego sobre las que la consellería ejerza el protectorado, llevando a tal efecto los libros de registro correspondientes, y todos aquellos asuntos que por su naturaleza análoga le sean encomendados.

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