Decreto 17/2002, de 1 de febrero, por el que se crea la estructura orgánica de la Secretaría General para las Relaciones con los Medios Informativos.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERIA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ADMINISTRACION PUBLICA
Rango de LeyDecreto

El Decreto 309/2001, de 17 de diciembre, determinó los centros directivos dependientes de la Presidencia de la Xunta de Galicia, entre los que figura la Secretaría General para las Relaciones con los Medios Informativos. En consecuencia, procede el establecimiento de la estructura orgánica y funcional de dicha secretaría general, atendiendo a los principios de economía y eficacia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, previo informe de las consellerías de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, y de Economía y Hacienda, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día uno de febrero de dos mil dos,

DISPONGO:

Artículo 1º
  1. La Secretaría General para las Relaciones con los Medios Informativos es el centro encargado de ejecutar la política general de la Xunta de Galicia en materia de las relaciones institucionales con los medios informativos y de la publicidad e imagen institucional de la Xunta de Galicia.

  2. La Secretaría General para las Relaciones con los Medios Informativos dependerá funcionalmente de la Presidencia de la Xunta de Galicia y orgánicamente de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.

Artículo 2º

Corresponde a la Secretaría General para las Relaciones con los Medios Informativos el ejercicio de las siguientes funciones:

  1. Las competencias de la Xunta de Galicia en materia de relación con los medios informativos, así como el ejercicio de las competencias a que hacen referencia los apartados 2º y 3º del artículo 34, en lo relativo a la prensa, y apartado 31º del artículo 27, en lo que se refiere a la publicidad, ambos del Estatuto de autonomía de Galicia.

  2. Las relaciones con los medios informativos y la dirección y coordinación de los gabinetes de comunicación de la Xunta de Galicia y de su Presidencia.

  3. El diseño y la realización de la publicidad institucional de la Xunta de Galicia.

  4. Diseñar y planificar la política de imagen y publicidad de la Xunta de Galicia, dirigiendo y coordinando todas las actividades que en este sentido lleven a cabo en todos los sectores y medios de comunicación, tanto convencionales como on-line, la Xunta de Galicia y sus instituciones.

  5. ...

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