Decreto 193/2010, de 18 de noviembre, por el que se regula la estructura organizativa de gestión integrada de Ferrol.

Fecha de Entrada en Vigor19 de Diciembre de 2010
Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERIA DE SANIDAD
Rango de LeyDecreto

La Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia establece, en su artículo 97º, que la modernización del sistema requiere la introducción de modelos de gestión que dinamicen el servicio público y garanticen un marco de innovación tecnológica adecuado, a fin de obtener la mayor rentabilidad social.

El Decreto 168/2010, de 7 de octubre, por el que se establece la estructura organizativa de gestión integrada del Servicio Gallego de Salud, regula la misma como instrumento de organización, sin personalidad jurídica, en el ámbito periférico del Servicio Gallego de Salud, señalando al mismo tiempo los elementos básicos en los que debe apoyarse la organización.

Es necesario, pues, adaptar la estructura organizativa del Servicio Gallego de Salud existente en Ferrol a la organización establecida en el Decreto 168/2010, de 7 de octubre, homogeneizando las denominaciones y las funciones de la estructura directiva existente.

En su virtud, de conformidad con el establecido en el artículo 34º.5 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, a propuesta de la conselleira de Sanidad, con los informes previos correspondientes y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del dieciocho de noviembre de dos mil diez,

DISPONGO:

Artículo 1º Objeto.

Constituye el objeto de este decreto la creación de la estructura de gestión integrada de Ferrol, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 168/2010, de 7 de octubre, por el que se regula la estructura organizativa de gestión integrada del Servicio Gallego de Salud.

Artículo 2º Alcance.

El ámbito de actuación de la estructura organizativa de gestión integrada de Ferrol es el que se establece en el anexo del presente decreto.

Artículo 3º Estructura directiva.
  1. La estructura de gestión integrada estará formada por órganos unipersonales y órganos colegiados.

  2. Órganos unipersonales.

    Son los siguientes:

    1. Gerencia de gestión integrada.

    2. Dirección de procesos asistenciales.

    3. Dirección de recursos económicos.

    4. Dirección de recursos humanos.

  3. El órgano colegiado de la estructura de gestión integrada será la comisión de dirección.

    Podrán...

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