Decreto 60/1997, de 14 de marzo, por el que se le concede autorización de establecimiento en Galicia como centro extranjero universitario adscrito a la Universidad de Dublín a la sociedad de responsabilidad limitada Centro de Estudios Superiores Universitarios de Galicia (Cesuga, S.L.).

Sección3 - Otras Disposiciones
Rango de LeyDecreto

Por el Decreto 241/1995, de 28 de julio, se concede autorización a la entidad promotora Centro de Estudios Superiores Universitarios de Galicia (Cesuga S.L.), para implantar los estudios correspondientes al título Bachelor of Commerce conforme al sistema vigente en otro país y conducente a la obtención de títulos no homologados con los del sistema educativo español.

En el artículo 3 del mencionado decreto se indica que la efectiva impartición del primero y de los sucesivos cursos de los que constan los referidos estudios, exigirá antes del comienzo del respectivo curso, autorización correspondiente mediante orden de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria. Por las órdenes de 17 de octubre de 1995 y de 5 de diciembre de 1996 se le concede a la entidad promotora Centro de Estudios Superiores Universitarios

de Galicia (Cesuga S.L.), autorización para la efectiva impartición del primer y segundo curso, respectivamente, correspondiente al título Bachelor of Commerce conforme al sistema vigente en otro país y conducente a la obtención de títulos no homologados con los del sistema educativo español, en la ciudad de A Coruña y dentro de los locales establecidos para el efecto en el domicilio de la entidad promotora.

Por su parte, el Decreto 259/1994, de 29 de julio, por el que se establece el procedimiento para creación de reconocimiento de universidades, centros universitarios y autorización de estudios en la Comunidad Autónoma de Galicia contempla en su artículo 9 la posibilidad de autorización de establecimiento de centros extranjeros. La sociedad de responsabilidad limitada Centro de Estudios Superiores Universitarios de Galicia (Cesuga S.L.) formuló solicitud para ser autorizada como centro extranjero universitario adscrito a la Universidad de Dublín.

En su virtud, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, modificada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre, a propuesta del conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, oído el Consejo Universitario de Galicia, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día catorce de marzo de mil novecientos noventa y siete,

DISPONGO:

Artículo 1º
  1. Se concede autorización de establecimiento en...

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