ORDEN de 2 de julio de 2013 por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para proyectos de investigación desarrollados por investigadores emergentes del Sistema universitario de Galicia y se procede a su convocatoria para el año 2013.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorConsellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria
Rango de LeyOrden

El Plan gallego de investigación, innovación y crecimiento 2011-2015 (Plan I2C) recoge en el eje estratégico 2-Consolidación de grupos de referencia, la línea de actuación 2.4. Apoyo a proyectos de investigación. En esta línea se explica que la financiación de la actividad investigadora en el ámbito autonómico debe dejar atrás el modelo basado en la financiación de los grupos por acumulación de pequeños proyectos de investigación, para pasar a un nuevo modelo en que los grupos reciben una financiación estructural basada en principios de calidad y eficiencia, y fundamentado en un proceso de evaluación continua.

Por esto, la financiación de proyectos de investigación debe convertirse en un instrumento secundario del plan, limitado a aquellos grupos e investigadores que todavía se encuentran en etapas iniciales de su desarrollo. Los grupos más sólidos tienen la opción de acudir a convocatorias de ámbito estatal y europeo, en los que pueden ser suficientemente competitivos, de manera que contribuyan a incrementar los retornos obtenidos por el Sistema gallego de I+D+i.

De esta manera, la financiación de proyectos queda circunscrita a los investigadores menores de 41 años que están integrados en grupos de investigación de mayor entidad y trabajan en líneas de investigación diferenciadas y que tengan experiencia postdoctoral fuera de Galicia.

Además, esta convocatoria quiere contribuir a reducir el desequilibrio entre hombres y mujeres dedicados a la investigación en el Sistema universitario de Galicia, en cumplimiento del compromiso de eliminación de discriminación entre hombres y mujeres que recoge el artículo 1 de la Ley 7/2004, de 16 de julio, gallega para la igualdad de hombres y mujeres. Por esto, las ayudas que se regulan en esta convocatoria tendrán en consideración el liderazgo de las mujeres en las propuestas presentadas.

Atendiendo a estas consideraciones, y en virtud de sus competencias, la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria procede a esta convocatoria para el año 2013, en línea con las acciones que se recogen en el Plan gallego de investigación, innovación y crecimiento 2011-2015.

Por lo que antecede esta consellería,

DISPONE:

Artículo 1 Objeto de la convocatoria

La presente convocatoria establece las condiciones, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, para el acceso en el año 2013 las ayudas para la realización de proyectos de investigación por parte de investigadores emergentes del Sistema universitario de Galicia.

Artículo 2 Beneficiarios y destinatarios

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las universidades del Sistema universitario de Galicia y serán destinatarios de las ayudas aquellos investigadores que cumplan las siguientes condiciones:

– Tener actualmente vinculación con una universidad del SUG mediante las modalidades de profesor contratado doctor, profesor ayudante doctor, contratado Parga Pondal, contratado Ramón y Cajal o contratado Marie Curie (en este último caso siempre que tenga adscripción a una universidad del SUG durante toda la vigencia del proyecto).

– Que non tenga cumplidos los 41 años a 31 de diciembre de 2013.

– Acreditar experiencia investigadora posdoctoral superior a 24 meses en centros de fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Cuando el investigador tenga vinculación temporal con el SUG, sólo podrá solicitar proyectos con duración igual o inferior al tempo que le reste de contrato. No se admitirán proyectos con una duración inferior a 12 meses.

El investigador destinatario de la ayuda, que será el responsable del proyecto, contará para su desarrollo con un equipo de investigación formado por un mínimo de dos personas (sin contar al investigador destinatario). Este equipo deberá cumplir las siguientes condiciones:

– Las tres personas que forman el equipo mínimo deben prestar servicios en el Sistema universitario de Galicia durante la vigencia del proyecto. No se exige este requisito para los demás miembros del equipo.

– Sólo uno de todos los miembros del equipo podrá tener categoría de profesor titular de universidad o de escuela universitaria. Ningún miembro del equipo podrá tener categoría de catedrático.

Artículo 3 Cuantía y conceptos subvencionables

La cuantía máxima de la ayuda concedida por proyecto será de 100.000 euros. El proyecto tendrá una duración máxima de tres años (cuatro anualidades), a contar desde el momento de la solicitud.

Los importes de las ayudas irán destinados a financiar los siguientes conceptos, siempre que se relacionen con el proyecto:

  1. Personal contratado específicamente para colaborar con dedicación total o parcial en las actividades de investigación del proyecto. El personal que se contrate no podrá tener otro contrato vigente con la universidad que exija dedicación a tiempo completo.

  2. Equipamiento científico-técnico y material bibliográfico indispensable para la realización del proyecto. El equipamiento científico-técnico y bibliográfico adquirido con cargo a estas ayudas será propiedad del organismo al que pertenece el/la investigador/a principal del proyecto. Al material inventariable le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 9/2007, fijándose para estos efectos el período de afección de los bienes, respectivamente, en cinco años para los bienes inscritos en un registro público, y dos años para los restantes bienes.

  3. Material fungible. El material de oficina o informático no podrá exceder el 5 % de la cantidad solicitada.

  4. Dietas por desplazamiento para actividades que se precisen en el desarrollo del proyecto, siempre que la cuantía no exceda del 25 % de la cantidad solicitada.

  5. Ayudas para la realización de estancias de investigación necesarias para lograr los objetivos del proyecto, siempre que la cuantía no exceda del 25 % de la cantidad solicitada.

  6. Otros gastos (se especificarán en la memoria descriptiva).

  7. Costes indirectos o gastos generales que reglamentariamente exige la universidad al grupo destinatario, que no superarán el 20 % de la ayuda concedida. De este porcentaje, 5 puntos se destinarán a financiar las suscripciones de cada universidad a las publicaciones electrónicas.

En ningún caso se permitirá la subcontratación, entendida esta en los términos en que aparece definida en el artículo 27 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Atendiendo a lo establecido en el artículo 29.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 18.000 euros, sin IVA, en el supuesto de suministros de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien.

Artículo 4 Formalización y presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de publicación en el Diario Oficial de Galicia de la orden de convocatoria. La presentación de las solicitudes se realizará únicamente por medios electrónicos a través del formulario electrónico normalizado disponible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.es, de conformidad con lo establecido en los artículos 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso de los ciudadanos a los servicios públicos, y 24.2 del Decreto 198/2010, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ellas dependientes.

El formulario de la solicitud (anexo I) estará disponible en dicha sede electrónica de la Xunta de Galicia y los formatos de la memoria descriptiva y de las certificaciones de la universidad, que deben adjuntarse con la solicitud, están disponibles en internet en la dirección...

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