Decreto 33/2009, de 21 de enero, por el que se regula la promoción de la igualdad en las empresas y la integración del principio de igualdad en las políticas de empleo.

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Marzo de 2009
Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERIA DE TRABAJO
Rango de LeyDecreto

La incorporación de las mujeres al mercado laboral, al trabajo remunerado, constituye sin duda uno de los procesos de más calado social de las últimas décadas. Los avances alcanzados en este ámbito son significativos en todas las sociedades industriales avanzadas pero, no obstante, aún persisten muchos obstáculos que impiden una plena inserción de las mujeres en el mercado de trabajo pues, a pesar del desarrollo alcanzado en nuestra sociedad y en nuestra economía, es notoria aún la distinta posición entre mujeres y hombres en el ámbito laboral. Posición que no es posible desligar de una concepción tradicional de la sociedad, basada en la separación secular entre las esferas productiva y reproductiva que adscribió a los varones la primera y, con naturalidad indiscutible, delegó la responsabilidad de la segunda exclusivamente sobre las mujeres.

Esta incorporación de las mujeres al trabajo remunerado, consolidada a lo largo del siglo pasado, constituye la modificación estructural más significativa de la sociedad occidental y, en su imparable recorrido, se pasó de la ocupación de las mujeres en trabajos remunerados con características de continuidad de los trabajos domésticos a la legítima aspiración actual de la ocupación en todo tipo de sectores laborales sin diferenciación por razón de sexo.

La consecución de esta lógica expectativa no vino acompañada de la percepción social de una situación injustamente desigual, sino que el proceso de incorporación de las mujeres al mercado laboral constituye una escalada dura y continua de logros alcanzados por los que las mujeres pagan día a día un alto precio. Desarrollar las nuevas actividades de la esfera productiva no exime a la mayoría de las mujeres de ocuparse a la vez de las actividades tradicionalmente asignadas al género femenino.

Esta situación consentida y auspiciada por las sociedades modernas que contradictoriamente exigen al mismo tiempo la aportación de las capacidades de las mujeres a la economía de mercado y su permanencia indiscutible en el ámbito de los cuidados y en el doméstico, tiene como consecuencia no sólo las sobrecargadas jornadas de trabajo de las mujeres, sino la precariedad con la que afrontan su inserción, permanencia y promoción en el mundo laboral.

Nos encontramos pues, en una situación de transición que requiere del impulso y continuidad de actuaciones para alcanzar la igualdad en el ámbito laboral, que exige el establecimiento de medidas y acciones que contemplen de modo crítico la desigual situación de mujeres y hombres en la esfera productiva y reproductiva para formular nuevas vías de solución, que tiene la obligación de articular los medios que permitan alcanzar las expectativas de lograr una sociedad que, desde la lógica de la igualdad, acabe con la persistente y, muchas veces no visible, discriminación en el ámbito laboral.

Esta situación de transición no es nueva pues ya la Carta Fundacional de Naciones Unidas, que entró en vigor en 1945, recoge el compromiso de reafirmar la fe en los derechos fundamentales, en la dignidad y el valor de la persona, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, no obstante, pasados más de sesenta años la Comisión de Naciones Unidas sobre la Condición de la Mujer sigue denunciando la injusticia de la discriminación por razón de sexo como una de las mayores situaciones de desigualdad existentes en la comunidad internacional. También hay que recordar la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo sobre los Derechos y Principios Fundamentales en el Trabajo, aprobada por la Conferencia Internacional del Trabajo en su 88ª Asamblea, el 18 de junio de 1998, que considera la eliminación de las discriminaciones en el empleo y en la ocupación uno de los cuatro ejes de actuación de esta entidad.

Aún teniendo en cuenta las importantes diferencias en la situación de las mujeres en los distintos países, la Estrategia Internacional de Desarrollo aboga por la integración de las mujeres en el desarrollo global atendiendo a los esfuerzos de las mujeres de todos los puntos del planeta en la reclamación de iguales derechos, de la erradicación de la violencia, de la mejora de la calidad de vida, del derecho al acceso a los espacios públicos y económicos.

Desde las más altas instancias internacionales se han elaborado y consensuado propuestas de actuación para garantizar esos iguales derechos, oportunidades y responsabilidades para hombres y mujeres que hagan de estas aspiraciones una realidad que posibilite el desarrollo de las capacidades de todas las personas en beneficio del conjunto de la sociedad.

En la Cuarta Conferencia Internacional sobre la Mujer, celebrada en Beijing en 1995, se especifican importantes objetivos relacionados directamente con la inclusión plena e igualitaria de las mujeres en la actividad laboral y empresarial estableciendo medidas concretas que deben adoptar las organizaciones empresariales tanto locales como regionales o internacionales. Entre ellas destaca la necesidad de promover y apoyar la formación y capacitación de las mujeres, establecer mecanismos para la contratación laboral no discriminatoria, posibilitar el acceso de las mujeres a los puestos de responsabilidad, impulsar la igualdad salarial o establecer medidas que fomenten la conciliación de la vida familiar, personal y profesional de hombres y mujeres.

Del mismo modo, la Unión Europea ha elaborado programas para la igualdad de oportunidades con el fin de contrarrestar los obstáculos para alcanzar una igualdad de oportunidades práctica y real, derivados de la concepción tradicional de la división de papeles y funciones entre mujeres y hombres. Una muestra es la Estrategia Europea de Empleo que desde el principio consideró la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres en el acceso, permanencia y promoción en el empleo como uno de sus cuatro pilares fundamentales de actuación. Y más recientemente debe tenerse en cuenta el Pacto Europeo por la Igualdad de Género aprobado por el Consejo de Primavera de 24 de marzo de 2006. A pesar de este compromiso, aún en los estados miembros el índice de desempleo sigue siendo sistemáticamente más elevado entre las mujeres, estando afectadas en mayor medida por situaciones de desempleo de larga duración y sufriendo desigualdades de remuneración con respecto a los hombres realizando trabajos de igual valor.

Una integración plena de las mujeres en la nueva economía exige seguir insistiendo en la importancia de erradicar la segregación tanto horizontal como vertical para corregir la escasa representación de mujeres en una parte sustancial de los sectores laborales y en los puestos decisorios de las empresas. Unido a esto es preciso evitar el aumento de las desigualdades y la aparición de nuevas formas de marginación derivadas de la escasa atención que se presta a los colectivos que parten de situaciones de especial vulnerabilidad o marcadas por la desventaja social.

En Galicia, el escenario se presenta de forma similar, caracterizado por la incorporación de las mujeres al mundo laboral, proceso creciente que se incrementa rápidamente en las últimas décadas pero que continúa distante de la óptima inserción en igualdad de oportunidades con los varones.

Hoy la participación de las mujeres en el trabajo remunerado ya no es un hecho puntual sino una realidad irreversible debido a varios factores de especial significación. Por una parte, la cualificación y la formación académica que presentan las mujeres evolucionó notablemente, superando con frecuencia a la de los hombres de las mismas edades. Es preciso tener en cuenta además que la realidad económica y social actual requiere que hombres y mujeres aporten su salario para sustentar las economías familiares o de los núcleos de convivencia. A esto se añade la firme decisión de las mujeres de participar en todos los ámbitos públicos incluido el laboral. Aún así, las condiciones en las que acceden a este mercado son marcadamente desiguales.

En nuestra comunidad se pusieron en marcha una serie importante de políticas públicas destinadas a favorecer la incorporación igualitaria de las mujeres al mercado laboral, pero, a pesar del avance que supuso la aplicación de diversas actuaciones, el panorama actual evidencia que es preciso continuar incidiendo en este ámbito.

La labor realizada en estrecha colaboración con los agentes sindicales y empresariales refleja la mejora de los indicadores económicos pero aún abundan datos que dan fe de los obstáculos que impiden o dificultan una incorporación de las mujeres en el mercado laboral en condiciones semejantes a las de los hombres. La mayor parte de las personas desempleadas en Galicia son mujeres tanto si se trata de personas que ya han trabajado como de las que están en busca de su primer empleo. Asimismo, la precariedad laboral es más significativa entre las mujeres, pues la contratación temporal o la jornada a tiempo parcial afectan principalmente a los diferentes colectivos de trabajadoras.

El punto de arranque para modificar esta desigual situación y consolidar la plena inserción laboral de las mujeres en igualdad de oportunidades, implica la adopción de medidas que fomenten la formación, que posibiliten la conciliación de la vida familiar, personal y profesional, que asuman la paridad, la acción positiva y la discriminación positiva como estrategias de indiscutible eficacia, que velen por la incorporación al ámbito laboral de las mujeres que se encuentren en situación de vulnerabilidad o en condiciones marcadas por la desventaja social, que incorporen el principio de igualdad en las actuaciones públicas. En este...

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