Decreto 248/1995, de 7 de septiembre, por el que se declara la urgente ocupación de bienes y derechos con objeto de imponer la servidumbre de paso para el establecimiento y conservación de la línea eléctrica aérea, a 15/20 kV desde la subestación de Palmeira a la L.M.T. San Isidro-Santa Cruz de Lesón, en el municipio de Pobra do Caramiñal,...
Sección | 3 - Otras Disposiciones |
Emisor | CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO |
Rango de Ley | Decreto |
Unión Eléctrica-Fenosa, S.A., con domicilio a efectos de notificaciones en la c/ Fernando Macías nº 2 de A Coruña, solicitó de esta Consellería de Industria y Comercio, la concesión de los beneficios de expropiación forzosa y la declaración de urgente ocupación de los terrenos afectados por la ejecución del proyecto de construcción de la línea eléctrica aérea a 15/20 kV de 5822 m de longitud, en conductor LA-110, con origen en la subestación de Palmeira y final en la línea de media tensión (L.M.T.) San Isidro-Santa Cruz de Lesón, en el municipio de A Pobra do Caramiñal (A Coruña) (expediente número 52282).
Dicha instalación se autorizó, se declaró de utilidad pública y se aprobó su proyecto de ejecución, por resolución de la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña de 22-7-1992, la cual fue objeto de publicación, insertándose en el DOG del 25-9-1992, en el BOP de A Coruña del 14-9-1992, y en el BOE del 31-8-1992.
La solicitud de urgente ocupación se hizo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del reglamento que desarrolla la Ley 10/1966, de 18 de marzo, de expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, aplicable al presente expediente en virtud de lo establecido por el apartado 2 de la disposición transitoria segunda de la Ley 40/1994, de 30 de diciembre, de ordenación del sistema eléctrico nacional.
Los anuncios de información pública abierta en función de esta petición, con la relación de interesados,
bienes y derechos afectados, se publicaron en el DOG del 24-2-1995, en el BOP de A Coruña del 10-2-1995, y en diario El Correo Gallego de 24-2-1995, al mismo tiempo en la forma reglamentaria se notificó individualmente a cada uno de los interesados que figuran en dicha relación.
La tramitación del expediente se hizo de acuerdo con la Ley 10/1966, de 18 de marzo, y con su reglamento de aplicación, aprobado por el Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, durante el período en que se sometió a trámite de información pública formularon escritos de alegaciones los titulares de los predios números: 183 y 184, solicitando la modificación del trazado, las cuales se desestiman al no darse conjuntamente las condiciones que establece el artículo 26 del señalado decreto y corresponder la valoración definitiva de los bienes a otra fase del procedimiento. El titular de las fincas números: 131, 132, 133, 134, 135, 136 y 137, solicita diversa información sobre las afecciones...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba