Decreto 210/1996, de 24 de mayo, por el que se declara la urgente ocupación de bienes y derechos con objeto de imponer la servidumbre de paso para el establecimiento y conservación de la línea eléctrica a los centros de transformación de Corvelle y Quintela, en el municipio de Lugo (Expediente número 3999 A.T.).
Sección | 3 - Otras Disposiciones |
Emisor | CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO |
Rango de Ley | Decreto |
Barras Eléctricas Galaico-Asturianas, S.A. (BEGASA), con domicilio a efectos de notificaciones en la c/ Cidade de Viveiro nº 4, 27002-Lugo, solicitó de esta Consellería de Industria y Comercio la concesión de los beneficios de expropiación forzosa y la declaración de urgente ocupación de los terrenos afectados por la ejecución del proyecto de construcción de la línea eléctrica aérea a 20 kV, con origen en la L.M.T. de Nadela y final en el C.T. de Corvelle y en el C.T. de Quintela, de 550 y 972 m de longitud respectivamente, conductor LA-30, apoyos de hormigón y torres metálicas, en la parroquia de Coeo, municipio de Lugo; expediente nº 3999 A.T.
Dicha instalación fue autorizada, declarada de utilidad pública y aprobado su proyecto de ejecución,
por Resolución de la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de Lugo de 21-4-1994, la cual fue objeto de publicación insertándose en el DOG de 1-7-1994, en el BOP de Lugo de 8-11-1994, en el BOE de 7-6-1994, y en el diario O Progreso de Lugo de 29-4-1994.
La solicitud de urgente ocupación, se hizo en base a lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento que desarrolla la Ley 10/1966, de 18 de marzo, de expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, aplicable al presente expediente en virtud de lo establecido por el apartado 2 de la disposición transitoria segunda de la Ley 40/1994, de 30 de diciembre, de ordenación del sistema eléctrico nacional.
Los anuncios de información pública abierta en función de esta petición, con la relación de interesados, bienes y derechos afectados, se publicaron en el DOG de 11-8-1995, en el BOP de Lugo de 21-2-1996, en el diario El Progreso de Lugo de 6-6-1995, y la simple referencia en el BOE de 30-6-1995; al mismo tiempo en la forma reglamentaria se notificó individualmente a cada uno de los interesados que figuran en dicha relación, excepto los propietarios de las fincas números 1 y 8 que por estar en paradero desconocido se le dio traslado de las actuaciones practicadas al Ministerio Fiscal, según el artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954; si bien dichos propietarios se personaron con posterioridad en el expediente.
La tramitación del expediente se hizo de acuerdo con la Ley 10/1966, de 18 de marzo, y con su Reglamento de aplicación, aprobado por el Decreto 2619/1966, de 20 de octubre; durante el período en el que se sometió al trámite de información pública...
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