Decreto 273/1997, de 10 de septiembre, por el que se declara la urgente ocupación de bienes y derechos con objeto de imponer la servidumbre de paso para el establecimiento y conservación de la línea eléctrica aérea, a 15/20 kV trazada entre la subestación de Bergondo y el apoyo número 13 de la línea Betanzos - Carral, en el término municipal de...
Sección | 3 - Otras Disposiciones |
Emisor | CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO |
Rango de Ley | Decreto |
Unión Eléctrica-Fenosa, S.A., con domicilio a efectos de notificaciones en la c/ Severo Ochoa nº 2 de A Coruña, solicitó de la Consellería de Industria y Comercio, la concesión de los beneficios de expropiación forzosa y la declaración de urgente ocupación de los terrenos afectados por la ejecución del proyecto de construcción de la línea eléctrica aérea a 15/20 kV, de 1.567 m de longitud, sobre apoyos metálicos y de hormigón, conductor LA-110, con origen en la subestación de Bergondo y final en el apoyo número 13 de la línea Betanzos Carral, afectando en su recorrido al término municipal de Bergondo (A Coruña) (Expte. 30-1/1995).
Dicha instalación se autorizó, se declaró de utilidad pública y se aprobó su proyecto de ejecución, por resolución de la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña de 12-9-1995, la cual fue objeto de publicación, inser
tándose en el DOG del 17-10-1995, en el BOP del A Coruña del 20-10-1995, y en el BOE del 24-10-1995.
La solicitud de urgente ocupación se hizo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del reglamento que desarrolla la Ley 10/1966, de 18 de marzo, de expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, aplicable a los presentes expedientes en virtud de lo establecido por la disposición transitoria primera de la Ley 40/1994, de 30 de diciembre, de ordenación del sistema eléctrico nacional.
Los anuncios de información pública abierta en función de esta petición, con la relación de interesados, bienes y derechos afectados, se publicaron en el DOG de 21-12-1995, en el BOP de A Coruña de 22-12-1995, en el diario La Voz de Galicia de 23-7-1996, y en el tablon de anuncios del Ayuntamiento de Bergondo y en el de la delegación provincial, al mismo tiempo, en la forma reglamentaria, se notificó individualmente a cada uno de los interesados que figuran en dicha relación.
La tramitación del expediente se hizo de acuerdo con la Ley 10/1966, de 18 de marzo, y con su reglamento de aplicación, aprobado por el Decreto 2619/1966, de 20 de octubre; durante el período en que se sometió a trámite de información pública presentó escrito Gumersindo Lareo Velo, representante de los propietarios de la finca nº 6 de Betanzos, en el que alega que los 120 m expropiados para servidumbre dejarán de producir arbolado por indefinido, que la finca cuenta con agua de riego natural, y que la misma es de un valor económico importante en la posible incorporación...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba