ORDEN de 12 de noviembre de 2013 por la que se hace pública la ampliación de los importes existentes para la concesión de las ayudas previstas en la Orden de 10 de abril de 2013, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria pública para la concesión de subvenciones para la contratación de personal técnico para la realización de actividades de información, orientación y prospección de empleo en el ejercicio 2013.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERÍA DE TRABAJO Y BIENESTAR
Rango de LeyOrden

La Orden de 10 de abril de 2013, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria pública para la concesión de subvenciones para la contratación de personal técnico para la realización de actividades de información, orientación y prospección de empleo en el ejercicio 2013, establece en su artículo 1 que la financiación de las ayudas previstas en esta orden de convocatoria se hará con cargo a los créditos de los programas: 11.03.322B.460.0 y 11.03.322B.481.0, código de proyecto 2013 00490, por los importes de 1.900.000 y 1.100.000 correspondientes a fondos finalistas transferidos, y del programa 11.03.322B.481.3, código de proyecto 2013 00497, por el importe de 939.000 correspondiente a fondos procedentes del Fondo Social Europeo, a través del Programa operativo de Galicia 2007-2013 CCI2007ES051PO004, con una cofinanciación del 80 por ciento correspondiente al Fondo Social Europeo y del 20 por ciento correspondiente a la Xunta de Galicia. Todos ellos figuran en la Ley 2/2013, de 27 de febrero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2013.

Esta orden establece que los importes fijados en las aplicaciones previstas en la misma podrán ser objeto de modificaciones como consecuencia de la asignación o de la redistribución de fondos para la financiación de los programas de fomento del empleo, con las limitaciones que establezcan la Conferencia Sectorial de Asuntos Laborales o las disposiciones aplicables a las ayudas cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

En virtud de lo anterior, con fecha 10 de octubre de 2013 se publicó la Orden de 4 de octubre de 2013 por la que se hace pública la ampliación de los importes existentes en la Orden de 10 de abril de 2013, con cargo a la aplicación presupuestaria 11.03.322B.460.0 destinada a la financiación de las subvenciones para las entidades locales.

Dado que actualmente existen créditos derivados de incorporaciones de crédito que pueden ser utilizados para la financiación de las subvenciones para las entidades sin ánimo de lucro con cargo a la aplicación presupuestaria 11.03.322B.481.0, procede publicar esta segunda ampliación de crédito, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento que desarrolla la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Por todo lo expuesto y en el uso de las facultades que me han sido conferidas,

DI...

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