Decreto 352/1998, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 55/1989, de 5 de abril, por el que se aprueba la revisión del mapa sanitario de Galicia.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES
Rango de LeyDecreto

La unidad de Atención Primaria viene configurada en la normativa sanitaria gallega como la estructura mínima organizativa para la prestación de servicios de atención primaria en cada municipio.

El Decreto 200/1993, de 29 de julio, de ordenación de atención primaria en la Comunidad Autónoma de Galicia, establece en su artículo 2 que en cada municipio de Galicia existirá por lo menos una unidad de atención primaria.

Dado que el ámbito municipal sirve como base para la planificación y gestión de los distintos servicios ofrecidos en el primer nivel de atención sanitaria, se define una nueva estructura que agrupa las referidas unidades de atención primaria, y que será punto de referencia de las actuaciones sanitarias llevadas a cabo por el Servicio Gallego de Salud.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veintisiete de noviembre de mil novecientos noventa y ocho,

DISPONGO:

Artículo único Se añade un artículo 2 al Decreto 55/1989, de 5 de abril, por el que se aprueba la revisión del mapa sanitario de Galicia, con la siguiente redacción:

Son unidades básicas de atención primaria cada una de las demarcaciones municipales en las que se ordena el territorio de la Comunidad Autónoma gallega

.

Disposición adicional

Dejan de ser zonas de salud de atención primaria aquellas que...

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