Decreto 178/2000, de 22 de junio, por el que se modifica el Decreto 305/1997, de 23 de octubre, por el que se regula la hemodonación y hemoterapia en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES
Rango de LeyDecreto

El Real decreto 1945/1985, de 9 de octubre regula la hemodonación y los bancos de sangre. En su artículo 2º establece que la obtención, preparación y conservación, almacenamiento, distribución, tráfico y suministro de la sangre humana y sus componentes están sujetos al control y dirección de las administraciones públicas.

Según esta normativa, teniendo en cuenta las competencias atribuidas en el ámbito sanitario a la Comunidad Autónoma de Galicia por el artículo 33.1º del Estatuto de autonomía de Galicia, y considerando que la utilización terapéutica de la sangre como bien escaso debe ser tutelada por los poderes públicos se dictó el Decreto 305/1997, de 23 de octubre, por el que se regula la hemodonación y hemoterapia en la Comunidad Autónoma de Galicia, a fin de lograr una organización hemoterápica eficiente.

Sin embargo, las crecientes necesidades de sangre y hemoderivados en Galicia, las modificaciones técnicas de las programaciones de intervenciones quirúrgicas en los hospitales y los problemas puntuales en el abastecimiento de sangre y derivados que puede sufrir el Centro de Transfusión de Galicia obligan a la creación de una unidad de coordinación que armonice y prevea situaciones de incremento de demanda o escasez de suministro.

En virtud de lo expuesto, a propuesta del conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales, de conformidad con lo establecido en el artículo 33.4º de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta de Galicia y su presidente, modificada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintidós de junio de dos mil,

DISPONGO:

Artículo único Se añade el artículo 5º bis al Decreto 305/1997, de 23 de octubre, por el que se regula la hemodonación y hemoterapia en la Comunidad Autónoma de Galicia, que queda redactado como sigue:
Artículo 5º. Bis Comisión de Planificación Transfusional.
  1. Se crea la Comisión de Planificación Transfusional dependiente del Servicio Gallego de Salud, como órgano colegiado encargado del superior control y coordinación del abastecimiento de sangre en la Comunidad Autónoma de Galicia.

  2. ...

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