Decreto 454/2009, de 23 de diciembre, por el que se modifican los estatutos de la Fundación Pública Urgencias Sanitarias de Galicia-061, aprobados por el Decreto 276/2001, de 27 de septiembre.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERIA DE SANIDAD
Rango de LeyDecreto

En cumplimiento del mandato recogido en la disposición adicional séptima de la Ley 5/2000, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y de régimen presupuestario y administrativo, el Decreto 276/2001, de 27 de septiembre, transformó las fundaciones sanitarias constituidas por la Comunidad Autónoma gallega en fundaciones de titularidad y naturaleza pública.

La disposición adicional de dicho decreto declara aprobados los estatutos de las fundaciones públicas Hospital da Barbanza, Hospital Virxe da Xunqueira, Urgencias Sanitarias de Galicia-061, Centro de Transfusión de Galicia, Hospital de Verín, Instituto Gallego de Oftalmología y Hospital Comarcal do Salnés, con el contenido que figura en su anexo, una vez adaptados al nuevo régimen jurídico establecido por la Ley 5/2000.

El artículo 10 de los estatutos de la Fundación Pública Urgencias Sanitarias de Galicia-061, regula la composición de su patronato como órgano de gobierno superior de la fundación, que asume su control y representación. Como vocales natos, que ocupan la plaza en virtud de su cargo, contempla a los directores generales de cada división del Servicio Gallego de Salud y al director de la fundación.

Con la finalidad de obtener la representación en el patronato de todos los representantes de los órganos superiores del Servicio Gallego de Salud, el propio patronato aprobó la modificación de dicho artículo para incorporar como miembro nato del mismo al/a la gerente del Servicio Gallego de Salud y, al tiempo, adaptar la denominación de los cargos que lo integran a la nueva estructura organizativa, tanto de la Consellería de Sanidad como del Servicio Gallego de Salud.

En su virtud, por propuesta de la conselleira de Sanidad y tras la deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintitrés de diciembre de dos mil nueve,

DISPONGO:

Artículo único

Se modifica la redacción del artículo 10 de los estatutos de la Fundación Pública Urgencias Sanitarias de Galicia-061, recogidos en el anexo del Decreto 276/2001, de 27 de septiembre, de adaptación de las fundaciones sanitarias a la disposición adicional séptima de la Ley 5/2000, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y de régimen presupuestario y administrativo, que queda redactado de la siguiente forma:

Artículo 10º.-Composición.

1. El Patronato es el órgano de gobierno superior de la fundación, que asume su control y representación.

2. El Patronato se compondrá de los...

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