Orden de 13 de diciembre de 1999 por la que se convocan ayudas económicas para los proyectos y los trabajos de los equipos de normalización lingüística de los centros educativos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Galicia que imparten enseñanzas de educación infantil, especial, de adultos, primaria, secundaria, bachillerato y formaci...

Sección3 - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

La Administración educativa de Galicia garantiza que los alumnos, a medida que van acabando cada uno de los ciclos en los que la enseñanza del gallego es obligatoria, consigan un dominio, oral y escrito, similar de los idiomas gallego y castellano, tal y como determina el artículo 14.3º de la Ley 3/1983, de normalización lingüística.

Para poder conseguir eso, esta misma ley le encomienda a la Xunta de Galicia la regulación en la enseñanza del uso de esas dos lenguas oficiales en Galicia. Esa regulación está establecido en los decretos 247/1995 y 66/1997.

Como órgano impulsor y dinamizador de las medidas necesarias para llevar a cabo lo que disponen esos decretos y, consecuentemente, para conseguir que los alumnos alcancen el dominio y el uso del gallego que establece la Ley de normalización lingüística, cada centro individualmente, tiene que constituir un equipo de normalización lingüística. Este equipo es el que recogen los decretos 324/1996, de 26 de julio (DOG del 9 de agosto) y 374/1996, de 17 de octubre (DOG del 21 de octubre), por los que se aprueban los reglamentos orgánicos de los institutos de educación secundaria y de las escuelas de educación infantil y de los colegios de educación primaria, respectivamente, decretos que fueron desarrollados, también respectivamente, por las ordenes de 22 de julio y de 1 de agosto de 1997 (publicadas en el DOG del 2 de septiembre).

Por todo ello, y para ayudar a que esos equipos puedan llevar a cabo aquellos proyectos extraordi

narios que incidan en la promoción del gallego, la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria

DISPONE:

Artículo 1º
  1. Se convocan ayudas económicas en régimen de concurrencia competitiva destinadas a contribuir a la financiación de aquellos proyectos que incidan directamente en la promoción del gallego en las aulas que realicen en el curso académico 1999/2000 los equipos de normalización lingüística de los centros de educación infantil, especial, de adultos, primaria, secundaria, bachillerato y formación profesional de Galicia. Estos equipos son los constituidos de acuerdo con lo establecido en los decretos 324/1996 y 374/1996.

  2. Los proyectos y los trabajos para los que se solicite ayuda serán los contenidos en la programación anual de actividades elaboradas y aprobadas por cada centro para alcanzar los objetivos recogidos en los planes específico y general para el uso del idioma gallego (artículos 83 y 64 de los decretos 324/1996 y 374/1996, respectivamente) y...

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