DECRETO 65/2014, de 28 de mayo, por el que se modifica el Decreto 160/1988, de 9 de junio, por el que se regula la prestación de los servicios de transporte escolar y de obreros de competencia exclusiva de la Xunta de Galicia.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE, TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS
Rango de LeyDecreto
  1. Bajo la denominación genérica de transporte de escolares y de personal trabajador se recoge una modalidad de transporte público regular permanente, el cualificado como de uso especial, dirigido a colectivos homogéneos y específicos de personas usuarias que contratan a través de una representación unitaria la prestación de un transporte exclusivo a sus centros de estudio, trabajo o semejantes.

Esta modalidad de transporte se configura como una categoría de transporte regular, frente al transporte discrecional, y presenta una especial relevancia en nuestra comunidad autónoma atendiendo fundamentalmente al volumen de contratación del transporte escolar público, superior al de cualquier otro territorio del Estado.

Este hecho fue el determinante de que durante años se considerase como un mecanismo útil para compensar los desequilibrios que presentaba el transporte regular de uso general, de manera que mediante una figura jurídica, el derecho de preferencia, que respondía a la previsión del artículo 89 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres, se articulaba un sistema de racionalización para las empresas de transporte y, sobre todo, de garantía de la viabilidad de las concesiones rurales o de débil tráfico mediante la subvención cruzada que representan los ingresos obtenidos con el servicio de uso especial, en términos de su normativa de desarrollo.

En este contexto, el derecho de preferencia se configuró jurídicamente como una suerte de derecho de retracto a favor de las empresas que habían sido titulares de concesiones de transporte público regular de uso general y, marginalmente, también de otros/as prestadores/as de servicios de uso especial; derecho que les permitía subrogarse en los contratos concertados por la Administración pública e incluso entre particulares.

No obstante, desde la previsión de esta figura en la Ley 16/1987 y, a nivel autonómico, en el Decreto 160/1988, de 9 de junio, por el que se regula la prestación de los servicios de transporte escolar y de obreros de competencia exclusiva de la Xunta de Galicia, son muchos los cambios sociales y económicos que se han producido y que afectaron singularmente al ámbito del transporte, cambios entre los que resulta de especial trascendencia la consolidación de España en el seno de la Unión Europea, con los evidentes efectos que se produjeron en el ámbito jurídico a través de la...

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