ORDEN de 27 de junio de 2018 por la que se hace público el incremento del crédito de las ayudas previstas en la Orden de 23 de diciembre de 2016 por la que se establecen las bases por las que se regirá la concesión de la ayuda económica, a través de la tarjeta Benvida, para las familias con hijas e hijos nacidos en el año 2017, y se procede a su convocatoria.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorConsellería de Política Social
Rango de LeyOrden

La Orden de 23 de diciembre de 2016, por la que se establecen las bases por las que se regirá la concesión de la ayuda económica, a través de la tarjeta Benvida, para las familias con hijas e hijos nacidos en el año 2017 y se procede a su convocatoria, establece en su artículo 2 que las ayudas que se establecen en su articulado se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 12.02.312B.480.1 recogida en el Proyecto de ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2017. Dado que este programa se extiende en su ejecución al año 2018 se trata de un gasto plurianual, ascendiendo el importe destinado a dichas ayudas a la cantidad de 9.000.000 euros en la anualidad de 2017 y de 9.000.000 euros en la anualidad de 2018.

Dicha orden establece, además, que el crédito final resultante destinado a estas ayudas se podrá incrementar en el supuesto de que sea insuficiente para atender a todas las solicitudes recibidas que cumplan los requisitos establecidos en esta orden y dice, además, que el aumento venga derivado de alguno de los supuestos previstos en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

El crédito para llevar a cabo el incremento previsto en esta orden procede del remanente de otras convocatorias financiadas con cargo al mismo crédito.

Teniendo en cuenta el volumen de solicitudes recibidas y en línea con los objetivos del Programa de apoyo a la natalidad puesto en marcha por la Xunta de Galicia, deben articularse las medidas necesarias para garantizar que todas las personas solicitantes que cumplen los requisitos determinados en la Orden de 23 de diciembre de 2016 puedan recibir las ayudas que les corresponden, por lo que es necesario incrementar el importe destinado a la dotación presupuestaria consignada en la orden de convocatoria mencionada.

Por todo lo expuesto y en el uso de las facultades que me fueron conferidas,

RESUELVO:

Artículo único Incremento de los créditos

Se incrementa el crédito destinado a la financiación de las ayudas previstas en la Orden de 23 de...

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