ORDEN de 30 de abril de 2018 por la que se modifica la Orden de 25 de enero de 2012 de delegación de competencias en los órganos superiores, directivos y periféricos de esta consellería.

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Mayo de 2018
Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorConsellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria
Rango de LeyOrden

La Orden de 25 de enero de 2012 regula la delegación de competencias de la persona titular de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria en las personas titulares de la Secretaría General Técnica, de las diferentes secretarias generales, de algunas direcciones generales y de las jefaturas territoriales, en el ámbito de los servicios centrales y periféricos correspondientes.

El artículo 1 de esta orden establece que se delegan en la persona titular de la Secretaría General Técnica las siguientes atribuciones: c) Las funciones que, como órgano de contratación, corresponden a la persona titular de la consellería de acuerdo con la legislación vigente, excepto en los casos en los que estén expresamente delegadas en otros órganos.

La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP), establece nuevas exigencias formales de tramitación de contratos menores, configurando la necesidad de formar un expediente más completo que el previsto en la regulación anterior, al tiempo que encomienda a los órganos de contratación nuevas responsabilidades de control y comprobación de cumplimiento de determinados límites formales y cuantitativos de contratación a través de este tipo de procedimiento.

Al objeto de configurar las unidades administrativas en las que se estructura la consellería como unidades funcionales conforme a las previsiones de la nueva LCSP, es necesarios dotarlas, a través de la técnica administrativa de la delegación de competencias, de responsabilidades autónomas en la adjudicación de contratos menores, de forma que puedan asumir tareas de control de la contratación menor que se desarrollan dentro de su ámbito competencial.

La pretensión que se persigue con esta orden es la de conseguir una mayor eficacia en la tramitación y control de determinadas categorías de contratos públicos para adaptar la estructura organizativa de la consellería a las nuevas exigencias normativas.

En consecuencia, en virtud de las facultades que me confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de las normas...

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