ORDEN de 9 de junio de 2016 por la que se regula la evaluación y la promoción del alumnado que cursa educación primaria en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorConsellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria
Rango de LeyOrden

La Ley orgánica 2/2006, de 3 mayo, de educación, establece, en su artículo 20, que la evaluación de los procesos de aprendizaje del alumnado de educación primaria será continua y global y que tendrá en cuenta su progreso en el conjunto de las áreas. Su modificación por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, afectó, entre otros aspectos, a la estructura curricular de educación primaria y a la propia evaluación de los procesos de aprendizaje del alumnado.

El Real decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la educación primaria, dispone, en su artículo 12, determinados aspectos relacionados con la evaluación, de los que destaca que serán los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables los referentes para la valoración del grado de adquisición de las competencias y el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final.

El Decreto 105/2014, de 4 de septiembre, por el que se establece el currículo de la educación primaria en la Comunidad Autónoma de Galicia, en el capítulo II del título II, regula aspectos relacionados con la evaluación, con la promoción y con los documentos oficiales de evaluación.

La Orden ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre las competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la educación primaria, la educación secundaria obligatoria y el bachillerato, dispone que en la evaluación deberá tenerse en cuenta el grado de dominio de las competencias.

La evaluación se considera integrada en el proceso de enseñanza y aprendizaje y en la actividad común del aula y del centro docente, convirtiéndose en un referente tanto para valorar el progreso del alumnado como la mejora continua del proceso educativo y punto de referencia para la adopción de las medidas de atención a la diversidad.

En consecuencia, como conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, haciendo uso de las competencias que me confiere el artículo 34.6 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, y de la habilitación contenida en la disposición final segunda del Decreto 105/2014, de 4 septiembre, por el que se establece el currículo de la educación primaria en la Comunidad Autónoma de Galicia,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación
  1. Esta orden tiene por objeto regular la evaluación y la promoción del alumnado de educación primaria, según los principios establecidos en el Decreto 105/2014, de 4 de septiembre, por el que se establece el currículo de educación primaria en la Comunidad Autónoma de Galicia.

  2. Esta orden será de aplicación en los centros docentes correspondientes al ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Artículo 2 Carácter de la evaluación
  1. La evaluación tiene como finalidades la valoración de los procesos y de los resultados de aprendizaje del alumnado y el ejercicio de la práctica docente.

  2. La evaluación de los procesos de aprendizaje del alumnado será continua y global, y tendrá en cuenta su progreso en el conjunto de las áreas y en la adquisición de las competencias clave.

  3. Los maestros y las maestras evaluarán tanto los aprendizajes del alumnado como los procesos de enseñanza y su propia práctica docente, para lo cual establecerán indicadores de logro en las programaciones docentes.

Artículo 3 Referentes de la evaluación
  1. Los referentes para la valoración del grado de adquisición de las competencias y el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones de las áreas troncales, específicas y de libre configuración autonómica serán los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje que figuran nos anexos I, II y III del Decreto 105/2014, de 4 de septiembre.

  2. La evaluación de las competencias clave está integrada en la evaluación de los procesos de aprendizaje del alumnado, en la medida en que ser competente supone movilizar los conocimientos, las destrezas, las actitudes y los valores para dar respuesta a las situaciones expuestas, dotar de funcionalidad los aprendizajes y aplicar lo que se aprende desde un planteamiento integrador.

  3. En la valoración del desarrollo de las competencias del alumnado se tendrán en consideración los estándares de aprendizaje de las diferentes áreas que se relacionan con una misma competencia, los cuales conforman el perfil de esa competencia.

Artículo 4 Sesiones de evaluación
  1. Las sesiones de evaluación son las reuniones del equipo docente de cada grupo de alumnas y de alumnos, coordinado por su profesorado tutor, para valorar el desarrollo general del alumnado, su aprendizaje, la práctica docente del profesorado y aquellas circunstancias cuya incidencia en el proceso de enseñanza y aprendizaje se consideren relevantes.

  2. Las sesiones de evaluación podrán contar con el asesoramiento del departamento de orientación.

  3. Durante el primer mes de cada curso escolar la persona tutora realizará una evaluación inicial, con la finalidad de adecuar las enseñanzas al alumnado y facilitar la progresión adecuada en su proceso de aprendizaje, incidiendo en la obtención de información sobre el grado de desarrollo de las competencias clave. Esta evaluación, que incluirá el análisis de los informes personales de la etapa o curso anterior y se completará con la información obtenida de las familias, será el punto de referencia para la toma de decisiones en las programaciones de aula, así como para la adopción de las medidas ordinarias o extraordinarias que se consideren oportunas para cada alumna o alumno.

  4. A lo largo de cada uno de los cursos se realizarán, por lo menos, tres sesiones de evaluación para cada grupo de alumnos y alumnas, que serán presididas por la persona tutora, quien levantará un acta en la que consten las valoraciones y conclusiones sobre el nivel de rendimiento del grupo y del alumnado y los acuerdos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR