DECRETO 172/2012, de 1 de agosto, por el que se regula la Comisión de Coordinación de Sistemas de Información Geográfica y Cartografía.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE, TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS
Rango de LeyDecreto

El Decreto 44/2012, de 19 de enero, establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma al cual corresponden las competencias y funciones en materia de medio ambiente, ordenación del territorio y urbanismo, vivienda y suelo, infraestructuras, movilidad, y conservación de la naturaleza, según lo establecido en el Estatuto de autonomía para Galicia en los términos señalados en la Constitución española. El artículo 4 del Decreto 44/2012, señala que el/la conselleiro/a es la autoridad superior de la consellería y con tal carácter está investido/a de las atribuciones enumeradas en el artículo 34 de la Ley de Galicia 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia.

La Comisión de Coordinación de Sistemas de Información Geográfica y Cartografía se creó por el Decreto 148/2003, de 9 de enero, como un órgano de coordinación técnica de los departamentos, organismos y entes de la Administración autonómica gallega en sus actuaciones en materia de sistema de información geográfica y cartográfica, adscrito inicialmente a la Consellería de Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública. El Decreto 188/2003, de 27 de febrero, modificó su adscripción desde dicha consellería a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda.

La necesidad de contar con un departamento que pudiese desarrollar y dar soporte técnico en materia de cartografía y sistemas de información geográfica a dicha comisión y la obligación de coordinar y poner en marcha la Infraestructura de Datos Espaciales de Galicia (IDEG), en que estuviesen incluidas las diputaciones provinciales y los ayuntamientos, implicó la adaptación de la composición de la comisión para dar cabida a estas instituciones y la utilización del Sistema de Información Territorial de Galicia (Sitga), como soporte técnico para el desarrollo de las funciones asignadas a la comisión, a través del Decreto 394/2009, de 8 de octubre, que adscribe esta Comisión a la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras a través de la Dirección General de Sostenibilidad y Paisaje.

La disposición final cuarta de la Ley 15/2010, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, modificó el artículo 10 de la Ley 6/2007, de 11 de mayo, de medidas urgentes en materia de ordenación del territorio y del litoral de Galicia, añadiendo entre las funciones del Instituto de Estudios del Territorio, la de la recopilación y tratamiento de la información del territorio gallego, así como la producción cartográfica para las diferentes consellerías y organismos públicos de la Comunidad Autónoma de Galicia, función en estrecha vinculación con las funciones asignadas a la Comisión de Coordinación de Sistemas de Información Geográfica y Cartografía, por el Decreto 148/2003, de 9 de enero. Esta comisión está adscrita a la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, a través de la Dirección General de Sostenibilidad y Paisaxe, dirección que pasa a integrarse en el Instituto de Estudios del Territorio, por el que se considera justificada la adscripción de la Comisión de Coordinación de Sistemas de Información Geográfica y Cartografía al Instituto de Estudios del Territorio.

De conformidad con el artículo 16 de la Ley 15/2010, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, se autorizó al Consejo de la Xunta de Galicia para proceder a la disolución al amparo de lo previsto en los artículos 45 y siguientes de la Ley 3/1985, de 12 de abril, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, y en los artículos 360 y siguientes del Real decreto legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de sociedades de capital, de la Sociedad Anónima para el Desarrollo Comarcal de Galicia. Desde el momento en el que se produzca la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad anónima, el Instituto de Estudios del Territorio, en función de las nuevas competencias atribuidas y la estructura necesaria para su desarrollo, se subrogará en los derechos y obligaciones de la Sociedad Anónima para el Desarrollo Comarcal de Galicia, en el que se refiere a la Subdirección del Sistema de Información Territorial de Galicia (Sitga), modificaciones recogidas por el Decreto 244/2011, de 29 de diciembre.

El decreto 19/2011, de 10 de febrero, por el que se aprueban definitivamente las directrices de ordenación del territorio establece como determinaciones excluyentes 10.1.20 y 10.1.21, previstas en el artículo 9 de la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia, para la...

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