ORDEN del 1 de febrero de 2013 por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural para la utilización sostenible de las tierras agrícolas en el año 2013.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorConsellería del Medio Rural y del Mar
Rango de LeyOrden

I

En el marco del Reglamento (CE) nº 73/2009 del Consejo, de 19 de enero de 2009, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa a los/las agricultores/as en el marco de la política agraria común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los/las agricultores/as y por el que se modifican los reglamentos (CE) nº 1290/2005, (CE) nº 247/2006, (CE) nº 278/2007 y se deroga el Reglamento (CE) nº 1782/2003, que materializa las modificaciones aprobadas en el marco de la reforma a medio plazo de la política agrícola común denominada «chequeo médico», se publicó el Real decreto 1680/2009, de 13 de noviembre, sobre la aplicación del régimen de pago único en la agricultura y la integración de determinadas ayudas agrícolas en el mismo a partir del año 2010.

Posteriormente, el Real decreto 202/2012, de 23 de enero, sobre la aplicación a partir de 2012 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería establece la normativa básica aplicable a los regímenes de ayudas directas en el marco de la política agrícola común (PAC). Este real decreto fue modificado por el Real decreto 1391/2012, de 5 de octubre y por el Real decreto 2/2013, de 11 de enero, que introduce elementos de control adicionales en los pastos permanentes, entre ellos la utilización de coeficientes de admisibilidad.

II

El Real decreto 1680/2009 establece las condiciones generales que deben cumplir los/las agricultores/as para poder acogerse al régimen de pago único, las normas de asignación de los derechos de la reserva nacional y las que regulan las cesiones de los derechos de pago único según lo establecido en el Reglamento (CE) nº 73/2009, del Consejo.

Por otra parte, el Real decreto 202/2012, de 23 de enero, define las características básicas de superficies, parcelas y procedimiento para la justificación de los derechos de pago único, por lo que es necesario regular la aplicación y gestión de este régimen en Galicia.

III

Para la prima por vacas nodrizas que aún permanece ligada a la producción, se tendrá en cuenta también lo establecido en el Reglamento (CE) nº 1121/2009 de la Comisión, del 29 de octubre de 2009, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 73/2009 del Consejo, respecto a los regímenes de ayuda a los/las agricultores/as previstos en su título IV.

IV

En el Reglamento (CE) nº 1122/2009 de la Comisión, de 30 de noviembre de 2009, se establecen normas de desarrollo del Reglamento (CE) nº 73/2009, del Consejo en lo referido a la condicionalidad, a la modulación y al sistema integrado de gestión y control en los regímenes de ayuda directa a los/las agricultores/as establecidos por este último, y normas de desarrollo del Reglamento (CE) nº 1234/2007, del Consejo, en lo referido a la condicionalidad en el régimen de ayuda establecido para el sector vitivinícola.

Asimismo, el Real decreto 486/2009, del 3 de abril, establece los requisitos legales de gestión y las buenas condiciones agrarias y ambientales que deben cumplir los/las agricultores/as que reciban pagos directos en el marco de la política agrícola común, los/las beneficiarios/as de determinadas ayudas de desarrollo rural, y los/las agricultores/as que reciban ayudas en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión y a la prima por arranque de la viña. Además, el Real decreto 202/2012, de 23 de enero, modifica dicho real decreto para incluir, con carácter obligatorio a partir de enero de 2012, la norma de creación de franjas de protección en los márgenes de los cursos de agua.

A todas las ayudas recogidas en esta orden les serán de aplicación las disposiciones relacionadas con la condicionalidad, por lo que es necesario definir los aspectos específicos relativos a Galicia.

V

El Real decreto 2128/2004, de 29 de octubre, por el que se regula el Sistema de información geográfica de parcelas agrícolas en el Estado español, en adelante Sigpac, establece los criterios básicos que deben garantizar su correcto funcionamiento como herramienta de obligada utilización en la gestión de ayudas comunitarias, ya que es la base identificativa de parcelas objeto de cualquier tipo de ayuda basada en la superficie.

La orden de la anteriormente denominada Consellería de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural de 24 de enero de 2005 reguló, entre otros temas, la implantación del Sigpac en Galicia, siendo el Fondo Gallego de Garantía Agraria (Fogga) el organismo responsable de su explotación y mantenimiento, para lo que se precisa determinar para el año 2013 el tipo, plazo, forma y lugar de presentación de las alegaciones y de las solicitudes de modificación de determinada información contenida en el mismo.

VI

Por otra parte, el Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural establece, para el período 2007 a 2013, ayudas destinadas a indemnizar a los/las agricultores/as por las dificultades naturales en zonas desfavorecidas de montaña y distintas de las de montaña.

En lo que atañe a estas ayudas, denominadas genéricamente indemnizaciones compensatorias, dicho Reglamento (CE) nº 1698/2005 exceptúa en su disposición derogatoria del Reglamento (CE) nº 1257/1999 del Consejo, de 17 de mayo, sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (Feoga), el artículo 13 letra a), el apartado 1 y los dos primeros guiones del apartado 2 de su artículo 14, el artículo 15, los artículos 17 al 20, el apartado 3 del artículo 51 y el apartado 4 del artículo 55, y la parte del anexo 1 que especifica los importes en virtud del apartado 3 del artículo 15, es decir, todas las disposiciones relativas a las indemnizaciones compensatorias.

Asimismo. el Programa de desarrollo rural de Galicia 2007-2013, dentro del eje nº 2 de mejora del medio ambiente...

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