Resolución de 30 de mayo de 2000, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se da publicidad al acuerdo de la Comisión Permanente de Selección de Personal Laboral, para la cobertura con carácter temporal de puestos de trabajo reservados a personal laboral, constituida al amparo del Decreto 89/1997, de 10 de abril, por el que se...

Sección4 - Oposiciones y Concursos
EmisorCONSELLERIA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION PUBLICA
Rango de LeyResolución

Finalizado el plazo fijado en la Resolución de 23 de marzo de 2000 (DOG nº 67, del 5 de abril), por la que se hacen públicas las listas provisionales para la cobertura con carácter temporal de puestos de trabajo correspondientes a la categoría 003 (ordenanza;

celador/a; vigilante oficinas; vigilante nocturno/a; vigilante; subalterno/a; portero/a; recepcionista; telefonista; sereno; guarda) del grupo V (lista B), y vistas por la Comisión Permanente de Selección de Personal Laboral, en su sesión del día 26 de mayo de 2000, las alegaciones formuladas por los interesados, esta dirección general

RESUELVE:

Primero.-Hacer público el anexo a esta resolución con la relación de aspirantes que fueron excluidos en los listados provisionales, del grupo V categoría 003 (ordenanza; celador/a; vigilante oficinas; vigilante nocturno/a; vigilante; subalterno/a; portero/a; recepcionista; telefonista; sereno; guarda) (lista B), y que subsanaron la causa de exclusión en tiempo y forma.

Segundo.-Los solicitantes relacionados anteriormente estarán obligados, en el plazo de 5 días hábiles (artículo 50 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre), contados a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, a remitir a la Dirección General de la Función Pública el justificante del abono de tasas que a continuación se expresa.

Grupo V: 3.765 ptas.

Los que así no lo hiciesen en el plazo indicado serán excluidos automáticamente de las listas.

Estarán exentos del abono de tasas por derecho de inscripción los que fueron admitidos en el último proceso selectivo para el acceso a la misma categoría, de acuerdo con la base tercera de la resolución de la Dirección General de la Función Pública de 30 de junio de 1999, y corrección de errores del 13 de octubre.

Asimismo, gozarán de exención de esta tasa las personas con discapacidad igual o superior al 33%, con justificación documental.

Los que no lo hiciesen en el plazo señalado serán excluidos automáticamente de las listas.

Los interesados dispondrán de un plazo de cinco días hábiles (artículo 50 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre), contados a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el DOG, para la subsanación de errores que pudiesen existir en la puntuación relacionada en el anexo o formular las alegaciones que consideren oportunas dirigidas a la Comisión Permanente de Selección de Pesonal Laboral (Dirección General de la Función Pública).

Santiago de Compostela, 30 de mayo de 2000.

Joaquín López-Rúa Soler

Director general de la Función Pública

ANEXO I

Grupo V. Categoría 3.
















































































DNI Apellidos Nombre B1 B2 B3 B4 B5 B6 B7 B8 Total

32.773.631 Adán Calancha Jorge Javier 0 0 0 0 0 0,5 0,75 0 1,25

36.010.143 Almeida Domínguez Avelino 0 0 0 0 0 0,5 0,75 0 1,25

DNI Apellidos Nombre B1 B2 B3 B4 B5 B6 B7 B8 Total

32.416.736 Álvarez Suárez María Estrella 0 0 0 0 0 0,25 0,75 0 1

32.639.991 Amado Pena Josefa 0 0 0 0 0 0,25 0,75 0 1

32.799.988 Amor Gómez Carlos Javier 0 0 0 0,3 0 1 0,75 0 2,05

35.208.473 Arias Souto Manuela Josefa 0 0 0 0 0 0,25 0,75 0 1

33.833.467 Baamonde Insua Agapito Lino 0 0 0 0 0 0,25 0,75 0,04 1,04

35.290.277 Barco de la Peña Valentín Enrique 0 18,45 0 0 0 0,25 0,75 0 6

76.721.274 Barrosa Vázquez María 0 0 0 0 0 0,5 0,75 0 1,25

33.296.868 Blanco Barreiro Rocío 0 0 0 0 0 0,5 0,75 0 1,25

32.802.271 Cacho Prado María Jesús 0 0 0 0 0 0,25 0,75 0 1

44.075.681 Cal López Eva 0 0 0 0 0 0,5 0,75 0 1,25

32.765.023 Carreño Castelos Carlos Antonio 0 7,95 0 0 0 0,25 0 5,25

35.318.809 Castro Arias Ana Belén 0 0 0 0 0 0,5 0,75 0 1,25

34.952.100 Castro Rodríguez José Antonio 0 0 0 0 0 0,25 0,5 0,02 0,77

33.313.013 Ceide Martínez Antonio 0 0 0 0 0 0 0 0

32.344.913 Cubas Bellas Soledad 0 0 0 0 0 0 0 0

33.849.538 Díaz Álvarez Marina 0 0 0 0 0 1 0,75 0 1,75

76.565.145 Docovo Ginzo Genoveva 0 0 0 0 0,2 0,25 0,75 0,01 1,21

33.838.133 Enríquez Parga Beatriz 0 0 0 0 0 1 0,75 0,61 2,36

36.050.028 Escribano Lorenzo Mª de la Paz 0 0,15 0 0 0 0 0,5 0,25 0,9

35.299.504 Esperon Tilve Celsa 0 0 0 0 0 0,25 0,5 0 0,75


34.946.323 Feijoo González Aurora 0 0 0 0 0 0,25 0,75 0 1

36.007.850 Fernández Alonso María Josefa 6 0 0 0 0 0,25 0 6,25

76.567.919 Fernández Fernández Mª Teresa 0 0 0,2 0 0,2 0,25 0,75 0,19 1,59

33.282.960 Fernández Martínez María Dolores 5,75 0 0 0 0 1,5 0 7,25

76.746.048 Fernández Vázquez Dolores 0 0 0 0 0 0,25 0,75 1,31 2

33.338.518 Ferreiro Cordero María Carmen 0 0 0 0 0 1 0,75 0 1,75

53.162.427 Fuentes Liñares Ana 0 0 0 0 0 1 0,75 0 1,75

76.859.993 Fungueiro Piñeiro María Luisa 0 0 1,5 0 0,2 0,5 0,75 0 2,95

33.310.472 García Fernández Sonia 0 0 0 0 0 0,75 0,75 0,21 1,71

34.929.054 García Pereira José 0 0 0 0 0 0,5 0 0,5

33.315.736 García Souto Xoán Carlos 0 0 0 0 0 0,25 0,75 0,13 1,13

33.256.435 Garea Ramos Fernando 0 0 0 0 0 0 0 0

17.141.464 Gil Alonso Tomás 0 0 0 0 0 0 0 0

76.577.976 González Carreira Remedios 0 0 0 0 0 0,75 0,56 1,31

33.300.942 Gosende Bragaña Mª del
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