Resolución de 31 de marzo de 2009 por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza de técnico superior de investigación, del grupo I, vacante en el cuadro de personal laboral de esta universidad.

Sección4 - Oposiciones y Concursos
EmisorUNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA
Rango de LeyResolución

El rector, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, así como en los estatutos de esta universidad, resuelve convocar pruebas selectivas para cubrir una plaza de técnico superior de investigación del grupo I, vacante en su cuadro de personal laboral, con sujección a las siguientes bases de la convocatoria:

Primera.-Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir con personal laboral fijo una plaza de técnico superior de investigación del grupo I, del convenio colectivo para el personal laboral de la USC (DOG del 30 de diciembre de 2008) por el turno de promoción interna y por el turno de acceso libre.

1.2. Los procesos de selección de promoción interna y libre se realizarán separadamente, y será en primer lugar el de promoción interna. De no cubrirse la vacante por promoción interna, se ofertará para ser cubierta por acceso libre.

1.3. Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos turnos de acceso.

1.4. El sistema de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición. En lo que se refiere a las pruebas y valoraciones se ajustará a lo que se especifica en el anexo I de esta convocatoria.

1.5. La adjudicación de la plaza al aspirante que supere el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida sumando ambas fases.

1.6. El programa que regirá en la fase de oposición se especifíca en el anexo II.

1.7. Estas pruebas selectivas se ajustarán a lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público; en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública; en el Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, de la función pública de Galicia; en el Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso de personal al servicio de la Administración general del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración general del Estado; en el Decreto 95/1991, de 20 de marzo; en los estatutos de la USC, aprobados por el Decreto 28/2004, de 22 de enero, de la Xunta de Galicia; en el Convenio colectivo del personal laboral de la USC (DOG del 30 de diciembre de 2008); en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre (BOE del 24 de diciembre) sobre acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea; en la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (BOE del 12 de enero), modificada por la Ley orgánica 8/2000, de 22 de diciembre (BOE del 23 de diciembre), y en las bases de esta convocatoria.

Segunda.-Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de formalización del contrato, los siguientes requisitos:

  1. Ser español o nacional de alguno de los demás estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún estado al que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

    También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás estados miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente tratado, y el de los nacionales de algún estado al que en virtud dos tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

    Quien no siendo español ni nacional de un estado miembro de la Unión Europea, se encuentre en España en situación de legalidad, siendo titular de un documento que le habilite para residir y poder acceder sin limitaciones al mercado laboral.

  2. Tener cumplidos los 16 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

  3. Estar en posesión del título de grado, doctor, licenciado, arquitecto, ingeniero o equivalente. En caso de que el aspirante posea una titulación académica extranjera, para poder participar en el proceso selectivo, tendrá que tener homologado previamente el título de acuerdo con lo previsto en la legislación española.

  4. Será requisito indispensable para el ingreso, tener acreditada la aptitud médica para el desempeño. A estos efectos el aspirante declarará al cubrir la solicitud de participación en el proceso selectivo, que a esa fecha posee la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del puesto y que no padece enfermedad física ni psíquica que le impida realizar el trabajo propio de la categoría a la que pretende incorporarse.

  5. No haber sido separado del servicio de cualquiera de las administraciones públicas en virtud de expediente disciplinario, ni estar inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de la función pública.

  6. No estar sancionado con la suspensión del derecho a concurrir a pruebas selectivas, según el artículo 70 del Convenio colectivo para personal laboral de la USC.

  7. Abonar las tasas por derechos de examen, exepto lo previsto en el apartado 3.4.2 de esta convocatoria para los discapacitados, para los miembros de familias numerosas y para los demandantes de empleo.

    2.2. Los aspirantes que concurran a las pruebas por el turno de promoción interna deberán reunir, además, los siguientes requisitos:

  8. Tener la condición de personal laboral fijo de la USC

  9. Estar prestando servicios con carácter definitivo o en adscripción provisional.

  10. Pertenecer a una categoría distinta que la de la plaza ofertada en esta convocatoria.

  11. Tener una antigüedad efectiva de, por lo menos, seis meses como personal laboral fijo en la categoría a la que pertenezcan el último día del plazo de presentación de solicitudes.

    Tercera.-Solicitudes.

    3.1. Quien desee participar en estas pruebas selectivas deberá solicitarlo al rector de la USC en instancia según el modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el BOE.

    Los aspirantes deberán hacer constar en su solicitud el turno por el que se inscriben, libre o promoción interna, según corresponda.

    La instancia se presentará acompañada de la siguiente documentación:

    -Fotocopia del DNI o pasaporte.

    Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar:

    -Dos fotocopias del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo.

    -Declaración o promesa de este de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

    -De conformidad con lo dispuesto en la base 6.5 de la convocatoria, los aspirantes que estén exentos de la realización de la prueba previa de acreditación de conocimiento del castellano, adjuntarán a tal efecto fotocopia compulsada de los diplomas de español como lengua extranjera (nivel B2 o nivel C2) o equivalente. De no presentar esta certificación, no podrán ser declarados exentos, por lo que deberán realizar la prueba a que se refiere la base 6.5.

    Los antiguos diplomas de español en sus niveles intermedio y superior serán equivalentes, a todos los efectos, a los diplomas previstos en el Real decreto 264/2008, en los siguientes términos:

  12. El diploma de español (nivel intermedio) será equivalente al diploma de español (nivel B2).

  13. El diploma de español (nivel superior) será equivalente al diploma de español (nivel C2).

    3.2. La documentación justificativa de los méritos que se valoran en la fase de concurso, será adjuntada en el momento de presentar la solicitud, no siendo valorados méritos que no estén suficientemente acreditados documentalmente, ni los presentados fuera del plazo establecido para la presentación de solicitudes. La acreditación se hará de la siguiente manera:

    3.2.1. Certificación acreditativa de los servicios prestados, en la que conste la categoría y los períodos en los que se prestaron, expedida por la unidad de personal de la Administración pública correspondiente. Asimismo, se deberá indicar en el epígrafe correspondiente de la solicitud, si los servicios fueron prestados en la USC o en otras administraciones públicas.

    3.2.2. Fotocopia de los diplomas de los cursos de formación y cualificación profesional.

    3.2.3. La certificación acreditativa de los extremos indicados en los anteriores apartados 3.2.1. y 3.2.2. (se certificarán los cursos que obran en el expediente) se expedirá de oficio para los aspirantes que presten o prestasen servicios en la USC y se añadirá a la solicitud del aspirante.

    3.2.4. Los méritos de la fase de concurso se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    3.2.5. En cualquier momento la Universidad podrá requerir de los aspirantes los originales o copias debidamente compulsadas de los documentos que se correspondan con las simples presentadas.

    3.3. La presentación de solicitudes y de la documentación indicada en los apartados anteriores se hará en el registro general de la Universidad, situado en el Rectorado de la USC (Colegio de San Xerome, plaza del Obradoiro s/n, Santiago de Compostela), en el registro del Campus de Lugo, situado en el edificio de Servicios Administrativos...

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