Resolución conjunta de 18 de noviembre de 2003, de la Secretaría General de la Consellería de Sanidad y de la División de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud, por la que se ordena la publicación del acuerdo suscrito por la Administración sanitaria y las centrales sindicales Cesmsatse, CIG, SAE y UGT sobre mejora retributiva y...

Sección3 - Otras Disposiciones
Rango de LeyResolución

CONSELLERÍA DE SANIDAD

Orden de 17 de noviembre 2003 por la que se fija el precio de venta al público de la publicación: Protocolo de Ictus del Complejo Hospitalario Universitario de Santiago de Compostela

La Ley 13/1991, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su artículo 6, señala la obligación de que los precios privados sean fijados por las consellerías correspondientes, previo informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, y publicados en el Diario Oficial de Galicia.

Para cumplir este mandato y después de emitido el preceptivo informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, esta consellería

DISPONE:

Artículo único
  1. Queda aprobado el precio de venta al público de la publicación editada por el Servicio Gallego de Salud y que se relaciona en el anexo.

  2. Este precio se entenderá, de ser el caso, con IVA incluído.

Santiago de Compostela, 17 de noviembre de 2003.

José María Hernández Cochón Conselleiro de Sanidad

ANEXO

Protocolo de Ictus del Complejo Hospitalario Universitario de Santiago de Compostela: 3 euros.

Resolución conjunta de 18 de noviembre de 2003, de la Secretaría General de la Consellería de Sanidad y de la División de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud, por la que se ordena la publicación del acuerdo suscrito por la Administración sanitaria y las centrales sindicales Cesmsatse, CIG, SAE y UGT sobre mejora retributiva y profesional del personal de las instituciones sanitarias del Servicio Gallego de Salud.

En el marco de la mesa sectorial de negociación del personal de las instituciones sanitarias del Sergas, tras el proceso negociador seguido con las centrales sindicales integrantes de ésta, finalizado el día 7 de agosto de 2003, la Administración sanitaria y las centrales sindicales Cesmsatse, CIG, SAE y UGT acordaron una serie de mejoras retributivas y profesionales del personal de las instituciones sanitarias del Sergas que fue firmado por los representantes de la Consellería de Sanidad y las citadas organizacione sindicales el día 1 de octubre de 2003.

El acuerdo anexo, suscrito entre las centrales sindicales Cesmsatse, CIG, SAE y UGT, tuvo lugar con base en lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 9/1987, de 12 de junio, por la que se regulan los órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participacion del personal al servicio de las administraciones públicas, modificado por la Ley 18/1994, de 30 de junio.

El contenido de dicho acuerdo es el que figura como anexo I, II y III a esta resolución.

Una vez aprobado por el Consello de la Xunta de Galicia, para general conocimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36 de la citada Ley 9/1987,

se hace necesaria su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

En su virtud, RESUELVEN:

Disponer la publicación del acuerdo sobre mejora retributiva y profesional del personal de las instituciones sanitarias del Servicio Gallego de Salud

Santiago de Compostela, 18 noviembre de 2003.

Manuel Antonio Silva Romero José Ignacio Lema Piñeiro Secretario general de la Consellería Director general de la División de de Sanidad Recursos Humanos del Sergas

ANEXO I

En Santiago de Compostela a 1 de octubre de 2003, en el seno de la mesa sectorial de negociación del personal de las instituciones sanitarias del Sergas y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las administraciones públicas, los representantes de la Administración sanitaria de Galicia y las centrales sindicales Cesmsatse, CIG, SAE y UGT, recabados los informes necesarios, tras el proceso de negociación finalizado el día 7 de agosto de 2003, firman el presente acuerdo sobre mejora retributiva y profesional del personal del Sergas, con el contenido que a continuación se expone:

A finales del año 2001 se publicaban los reales decretos de transferencias a las comunidades autónomas de las competencias y recursos que, en materia de gestión sanitaria, venía desempeñando el Instituto Nacional de la Salud y que fueron asumidas por los distintos servicios de salud.

Este proceso transferencial determinó la adopción, por parte de dichos servicios de salud, de medidas de política de personal que supusieron un incremento del salario de sus profesionales y otras medidas atinentes a sus condiciones de trabajo.

En el ámbito del Sergas, la ejecución de los últimos acuerdos retributivos para el personal estatutario o bien finalizó o bien finaliza a finales de este año.

Por otra parte, en el ámbito de nuestra Comunidad Autónoma la Ley 6/2002, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2003, estableció un fondo destinado a la mejora y modernización de los servicios públicos, dirigido a la ordenación de las retribuciones en ámbitos y sectores específicos de la Administración autonómica objeto de dicha mejora.

A esta línea de incrementos salariales generalizados se añade el recientemente suscrito acuerdo entre la Administración del Estado y los sindicatos para la modernización y mejora de la Administración pública, que contextualiza igualmente el entorno extrasanitario en un momento de generalizadas subidas en el nivel salarial de los empleados públicos españoles.

Por tanto, en estos contextos con una incidencia directa en el entorno de los profesionales que integran el sector sanitario público gallego, muy especialmente en lo que se refiere al personal estatutario dependiente de las instituciones sanitarias del Servicio Gallego de Salud, las organizaciones sindicales instaron a la Administración sanitaria a la apertura de un proceso negociador similar al llevado a cabo en otros servicios de salud o administraciones públicas.

Como resultado de dicho proceso se llega a un acuerdo sobre mejoras retributivas y profesionales que tiene por objeto favorecer la mejora de las condiciones retributivas de aproximadamente 25.000 trabajadores, homologando las retribuciones del Sergas en el marco de los servicios de salud del Sistema Nacional de Salud.

Este incremento retributivo se fundamenta en el compromiso de participación en la mejora del servicio público, facilitando a los ciudadanos el acceso a las prestaciones, promoviendo su acercamiento, a fin de que la universalidad de la asistencia sanitaria sea real, efectiva y de calidad.

El acuerdo será ejecutable en un plazo de 36 meses, período similar a los últimos acuerdos del resto de los servicios de salud y del resto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Por otra parte, en lo que se refiere a los aspectos profesionales se configuran éstos como instrumentos de mejora y modernización del servicio público, previéndose medidas de actualización de plantillas a la ordenación profesional, redefinición de la acción social, diseño reglamentario de la carrera profesional y de los procesos de selección y provisión de plazas, y promoviéndose la homologación del personal al régimen estatutario.

Por último, se recoge el compromiso de analizar las retribuciones del personal estatutario en el ámbito del Sistema Nacional de Salud y, en su caso, analizar el proceso negociador en el seno de la mesa sectorial en el año 2006.

  1. Objeto del acuerdo.

    El presente acuerdo tiene por objeto:

    1) Establecer el incremento de las retribuciones del personal estatutario incluido en su ámbito de aplicación y revisar y adecuar las retribuciones de determinados puestos de trabajo que implican el desarrollo de funciones de especial responsabilidad o cualificación.

    2) Establecer las bases para la creación de determinados...

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