Decreto 12/2007, de 25 de enero, por el que se modifican los estatutos de la sociedade pública Autoestrada Alto de Santo Domingo-Ourense, S.A.

Sección3 - Otras Disposiciones
Rango de LeyDecreto

Decreto 12/2007, de 25 de enero, por el que se modifican los estatutos de la sociedade pública Autoestrada Alto de Santo Domingo-Ourense, S.A.

La sociedad pública Autoestrada Alto de Santo Domingo-Ourense, S.A., fue creada por el Decreto 254/2003, de 24 de abril, en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley 6/2002, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2003, que autorizaba a la Xunta de Galicia a constituir una sociedad pública autonómica de las previstas en el artículo 12 del texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, aprobado por el Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, participada íntegramente por la Sociedade Pública de Investimentos de Galicia, S.A., con la finalidad de construir y, en su caso, explotar las obras de la autopista Santiago de Compostela - Ourense, tramo alto de Santo Domingo-A52 (Ourense).

En estos momentos, al objeto de acometer las inversiones necesarias para finalizar las obras que constituyen el objeto social, es necesario llevar a cabo una ampliación de capital por importe de siete millones de euros. La Junta General de la Sociedad acordó el día 12 de diciembre de 2006 ampliar el capital social da compañía en la citada cuantía (7.000.000 de euros), mediante la emisión de siete mil acciones nominativas de mil euros de valor nominal cada una, pertenecientes a la misma serie que las once mil acciones ya existentes.

Como consecuencia del citado acuerdo de ampliación del capital social adoptado por la Junta General de la Sociedad, una vez subscritas y desembolsadas las acciones, procede modificar los artículos 6 y 7 de los estatutos sociales.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 34.5º de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, así como en el artículo 111.2º del reglamento para la ejecución de la Ley del patrimonio de la Comunidad Autónoma gallega, aprobado por el Decreto 50/1989, de 9 de marzo, y con el artículo 25 de la Ley 4/1994, de 14 de septiembre, de carreteras de Galicia, de acuerdo igualmente con el Real decreto legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de sociedades anónimas...

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