Resolución de 8 de febrero de 1999, de la Dirección General de Industria, por la que se somete a información pública el proyecto de autorización de la instalación denominada: ramal de suministro a sucesores de Severino Gómez, promovido por la empresa Gas Galicia SDG, S.A.

Sección6 - Anuncios
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Rango de LeyResolución

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, Reglamento general del servicio público de gases combustibles, aprobado por Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, artículos 17 de la Ley de expropiación forzosa y 56 de su reglamento, Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia y demás normativa específica de aplicación, y a los efectos previstos en el acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 6 de mayo de 1993, por el que se designa a la Consellería de Industria y Comercio como órgano competente por razón de la materia para la tramitación de la unidad de expediente y resolución única del procedimiento, se somete a información pública el ramal de suministro a sucesores de Severino Gómez declarado de utilidad pública por el artículo 103 de la citada Ley 34/1998.

Peticionario: Gas Galicia SDG, S.A., con domicilio en edificio Área Central Local 31-H ,I, J, 15703 Santiago de Compostela, titular de la concesión administrativa otorgada por orden del conselleiro de Industria y Comercio de 3 de noviembre de 1995 para la prestación del servicio público de suministro de gas natural para usos domésticos, comerciales e industriales en Pontevedra y Tui, concesión que ha devenido en autorización conforme establece la disposición transitoria décimo quinta de la Ley 34/1998, de 7 de octubre.

Objeto de la petición: autorización administrativa y reconocimiento de la utilidad pública para la construcción del proyecto de instalaciones ramal de suministro a sucesores de Severino Gómez.

La autorización administrativa que se solicita comportará, de acuerdo con lo que establecen los artículos 103 y 105 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, los beneficios de la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación urgente al efecto de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados necesarios para el establecimiento de estas instalaciones y de la imposición y el ejercicio de la servidumbre de paso y de otras limitaciones de dominio.

Características de las instalaciones: el nuevo ramal parte de la tubería de Enagás que finaliza en la antigua nacional N-550-A, en las proximidades del p.k. 165,5.

El trazado discurre paralelamente a dicha nacional hasta el cruce con un camino vecinal perpendicular a esta carretera, posteriormente continúa por otro camino vecinal hasta llegar a las instalaciones de Sucesores de Severino Gómez, S.A.

La longitud total del ramal es de 829 m con diámetros de 6'', 4'' y 2''.

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