DECRETO 100/2013, de 13 de junio, por el que se modifica el Decreto 221/2012, de 31 de octubre, por el que se establecen las tarifas de los servicios sanitarios prestados en los centros dependientes del Servizo Gallego de Salud y en las fundaciones públicas sanitarias.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERIA DE SANIDAD
Rango de LeyDecreto

La Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, establece en su capítulo II, del título II, el régimen general de gestión, recaudación y recursos en materia de precios públicos.

El artículo 47 de la mencionada ley señala que los precios públicos serán fijados por decreto, a propuesta de la consellería de la que dependa el órgano o entidad ofertante. Por otro lado, hay que tener en cuenta que por el Decreto 16/1991 fueron asumidas por la Comunidad Autónoma de Galicia las funciones y los servicios del Instituto Nacional de la Salud.

Asimismo, el artículo 76 de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia, establece que corresponde a la Consellería de Sanidad aprobar los módulos económicos para la prestación de los servicios propios, conveniados o contratados del Servicio Gallego de Salud, así como su modificación.

En virtud del Decreto 276/2001, de 27 de septiembre, de adaptación de las fundaciones sanitarias a la disposición adicional séptima de la Ley 5/2000, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y de régimen presupuestario y administrativo, los ingresos procedentes de la prestación de servicios sanitarios por parte de las fundaciones tienen la consideración de ingresos de derecho público, por lo que es necesario incluir los precios de los servicios prestados por las fundaciones sanitarias en este decreto.

El 21 de marzo de 2013 entró en vigor un nuevo Convenio marco para la atención de lesionados en accidente de tráfico, firmado entre la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (Unespa), el Consorcio de Compensación de Seguros y la Fundación Pública Urgencias Sanitarias de Galicia 061.

Asimismo, el Convenio marco de asistencia sanitaria pública firmado en el año 2010 entre el Servicio Gallego de Salud, el Consorcio de Compensación de Seguros y la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (Unespa) determina unas nuevas tarifas para el año 2013.

Por lo tanto, es necesario adaptar las tarifas al coste real de los servicios prestados, lo que implica dejar sin contenido el anexo II del Decreto 221/2012, de 21 de noviembre, por el...

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