Decreto 84/2009, de 26 de marzo, por el que se autoriza la transacción de los derechos mineros en el ámbito de ejecución de la Plataforma Logística-Industrial Salvaterra de Miño-As Neves (PLISAN).

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERIA DE VIVIENDA Y SUELO
Rango de LeyDecreto

En el proceso de expropiación de terrenos para la construcción de la Plataforma Logística-Industrial Salvaterra de Miño-As Neves (Plisan), los propietarios afectados recurrieron al Tribunal Superior de Justicia de Galicia para exigir el pago de cantidades por explotación de los recursos mineros. Dicho tribunal dictó varias sentencias contradictorias.

A partir de la sentencia de 29 de octubre de 2008, la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Galicia viene sosteniendo una línea uniforme, de estimación de los recursos de los expropiados, ordenando la retroacción del expediente, para la inclusión de la evaluación de los derechos mineros.

Para evitar dilaciones en el proceso que pudieran afectar a la viabilidad del proyecto Plisan, las administraciones públicas promotoras del proyecto consideran que sería preciso llegar a un acuerdo extrajudicial con los propietarios de los terrenos para el abono de una cantidad pactada por la privación de los recursos mineros.

Las partes intervenientes en el convenio establecen de común acuerdo la cantidad de 4,03 euros por metro cuadrado, resultando una cuantía total de 7.712.521,31 euros, correspondientes a una superficie de 1.913.777 m2, por todos los recursos mineros objeto de explotación, como precio justo a abonar anticipadamente a los afectados por la explotación de los recursos mineros por parte de las entidades beneficiarias en proporción a su cuota de participación.

-El Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, con una cuota de participación del 18,295% aportará una cantidad igual a 1.411.005,77 €.

-La Autoridad Portuaria de Vigo, con una cuota de participación de 60,580% aporta una cantidad igual a 4.672.245,41 €.

-La Zona Franca de Vigo, con una cuota de participación del 21,125% aporta una cantidad igual a 1.629.270,13 €.

El hecho de que estemos ante una transacción supone la aplicación de lo dispuesto en el artículo 22.1º del Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, que dispone que deberá autorizarse la firma del convenio mediante un decreto que incorpore como anexo el texto del propio convenio.

Por todo esto, a propuesta de la conselleira de Vivienda y Suelo, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veintiséis de marzo de dos mil nueve,

DISPONGO:

Artículo único

Autorizar la firma del convenio entre el Instituto Gallego de Vivienda y Suelo, la Autoridad Portuaria de Vigo, el Consorcio de la Zona Franca de Vigo, y los propietarios que tengan procedimientos judiciales abiertos o sentencias favorables para el pago y reembolso correspondiente a los recursos mineros existentes en el ámbito de la Plataforma Logística-Industrial Salvaterra de Miño-As Neves (Plisan), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.1º del Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, convenio que figura como anexo.

Santiago de Compostela, veintiséis de marzo de dos mil nueve.

Emilio Pérez Touriño

Presidente

Teresa Táboas Veleiro

Conselleira de Vivienda y Suelo

ANEXO

Convenio para el pago y reembolso correspondiente a los recursos mineros existentes en el ámbito de la Plataforma Logístico-Industrial Salvaterra de Miño-As Neves (Plisan)

En Pontevedra, … de… de 2009.

De una parte:

-Teresa Táboas Veleiro, conselleira de Vivienda y Suelo y presidenta del Instituto Gallego de...

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