Orden de 14 de junio de 1995 por la que se anuncia la convocatoria pública para la provisión, por el sistema de libre designación, de puestos de trabajo vacantes en los servicios centrales y periféricos de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales y en los servicios periféricos del Servicio Gallego de Salud.

Sección4 - Oposiciones y Concursos
EmisorCONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES
Rango de LeyOrden

De conformidad con lo establecido en el artículo 27.2º de la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función

pública de Galicia, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 15.4º de la misma ley, esta consellería,

DISPONE:

Primero.-Anunciar la convocatoria para cubrir, por el sistema de libre designación, los puestos de trabajo que se indican en el anexo I.

Segundo.-Podrán concurrir a ella los funcionarios de carrera que reúnan las condiciones señaladas en el anexo I.

Tercero.-Las solicitudes para participar en esta convocatoria se dirigirán por escrito al conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales (edificio administrativo San Caetano, bloque 2-2º, Santiago de Compostela), según el modelo que se incluye como anexo II a esta orden.

Dichas solicitudes se podrán presentar en el registro general de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales, en los de sus delegaciones provinciales, en los de las direcciones provinciales del Sergas o en cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

Cuarto.-Los aspirantes deberán unir a la petición currículum vitae y justificar documentalmente los méritos que aleguen.

Los méritos alegados y no probados de la forma que se acaba de señalar no se tendrán en cuenta.

Quinto.-Esta convocatoria será resuelta por la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales. La resolución de la misma se hará pública en el Diario Oficial de Galicia y podrán declararse desiertos los puestos de trabajo, de considerarse oportuno.

Sexto.-El nombramiento de un funcionario con destino definitivo en otra Administración pública o que preste sus servicios en la Comunidad Autónoma como consecuencia de una comisión de servicios concedida conforme a lo dispuesto en la disposición transitoria octava punto 4º de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, que resulte seleccionado para ocupar el puesto de trabajo anunciado estará condicionado a que su Administración emita informe favorable sobre él, conforme a lo previsto en el Real decreto 28/1990, de 15 de enero, y demás disposiciones concordantes.

Séptimo.-El plazo de toma de posesión será de tres días, si el destino anterior está en la misma localidad que la del nuevo destino, y de un mes, si está en...

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