Decreto 579/2005, de 15 de diciembre, por el que se declara, en concreto, la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de trazado de mejora de trazado y capacidad de la C-550 Cee-Tui. Tramo: Muros-Noia. Subtramo: límite municipal de Muros con Sierra de Outes-Noia. Clave: AC/03/006.01.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERIA DE POLITICA TERRITORIAL, OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Rango de LeyDecreto

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Decreto 579/2005, de 15 de diciembre, por el que se declara, en concreto, la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de trazado de mejora de trazado y capacidad de la C-550 Cee-Tui. Tramo: Muros-Noia. Subtramo: límite municipal de Muros con Sierra de Outes-Noia.

Clave: AC/03/006.01.

Con fecha del 11 de octubre de 2005 el director general de Obras Públicas, por delegación de la conselleira de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes aprobó el proyecto de trazado mejora de trazado y capacidad de la C-550 Cee-Tui. Tramo: Muros-Noia.

Subtramo: límite municipal de Muros con Sierra de Outes-Noia. Clave: AC/03/006.01.

Los bienes y derechos en los que se concreta la declaración de urgente ocupación aparecen recogidos y valorados en el citado proyecto.

La competencia para efectuar la declaración de urgente ocupación la tiene atribuida la Xunta de Galicia en virtud del artículo segundo del Decreto 156/1982, de 15 de diciembre, sobre asunción de transferencias en materia de carreteras y su asignación a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes, considerándose justificada la referida declaración por su incidencia en la seguridad vial.

La actual carretera entre Noia y el límite municipal de Sierra de Outes discurre, en su mayor parte, por travesías altamente habitadas, con curvas de radio reducido y zonas de poca visibilidad. Todo esto implica un gran peligro para los peatones que se ven obligados a circular y cruzar en la carretera.

En virtud de todo lo expuesto y en aplicación del artículo 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia y de los artículos 10 y 52 de la Ley de expropiación forzosa, en relación con lo previsto en el artículo 16 de la Ley 4/1994, de 14 de septiembre, de carreteras de Galicia, a propuesta de la conselleira de Política...

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