Decreto 155/2001, de 18 de mayo, por el que se acepta la cesión a título gratuíto a la Comunidad Autónoma de Galicia de una parcela, en el término municipal de O Porriño (Pontevedra), para la construcción de un nuevo edificio para los juzgados de O Porriño.
Sección | 3 - Otras Disposiciones |
Rango de Ley | Decreto |
El Pleno de la Corporación municipal del Ayuntamiento de O Porriño, reunido en sesión celebrada el día 23 de noviembre de 2000, acordó ceder a la Comunidad Autónoma de Galicia una parcela de 1.080 m de superficie, en el término municipal de O Porriño (Pontevedra), para la construcción de un nuevo edificio para los juzgados de O Porriño.
Conforme a los artículos 17.1º de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma gallega, y 34 de su reglamento, aprobado por el Decreto 50/1989, de 9 de marzo, la adquisición pura y simple de bienes a título gratuito o lucrativo requerirá decreto del Consello de la Xunta de Galicia, a propuesta de la Consellería de Economía y Hacienda. Asimismo, los artículos 23.1º de dicha ley y 38.1º del reglamento establecen que no se podrán adquirir bienes o derechos a título lucrativo cuando el valor de los gravámenes, cargas o afecciones impuestos sobre los mismos sobrepase su valor intrínseco; si bien no se considera carga, gravamen o afección las inversiones que tenga que realizar la Comunidad Autónoma para dar el destino de uso general o servicio público de su competencia que fije el cedente o donante.
En su virtud, a propuesta del conselleiro de Economía y Hacienda, hecha en los términos en los que el Ayuntamiento de O Porriño acordó la cesión y previa deliberación del Consello de la Xunta en su reunión del día dieciocho de mayo de dos mil uno,
DISPONGO:
Se acepta la cesión gratuita de una parcela de 1.080 m de superficie, situada en el término municipal de O Porriño (Pontevedra), que a seguir se describe:
Urbana.-Solar llamado Regaverdella e Gulpilleira situada en la parroquia y municipio de O Porriño. Linda: norte, en longitud de veinte metros, viario del PGOM que separa del resto de la finca matriz; sur, en igual longitud, calle Fernández Areal; este, en longitud de cincuenta y cuatro metros, resto de la finca matriz; oeste, en igual longitud, terreno del ayuntamiento.
Inscrita a favor del Ayuntamiento de O Porriño en el tomo 961, libro...
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