Decreto 111/1996, de 7 de marzo, por el que se declara la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras de acondicionamiento de la carretera PO-223, tramo: Pontevedra-Campolameiro, clave: N/PO/94.1.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERIA DE POLITICA TERRITORIAL, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA
Rango de LeyDecreto

Con fecha 7 de febrero de 1996 el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda aprobó el proyecto de trazado de la obra: acondicionamiento de la carretera PO-223, tramo: Pontevedra-Campolameiro, clave: N/PO/94.1.

Los bienes y derechos en los que se concreta la declaración de urgente ocupación aparecen recogidos y valorados en el citado proyecto.

La competencia para efectuar la declaración de urgente ocupación la tiene atribuida la Xunta de Galicia, en virtud del artículo 2 del Decreto 156/1982, de 15 de diciembre, sobre asunción de transferencias en materia de carreteras y su asignación a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, considerándose justificada en la referida declaración su especial incidencia en la seguridad vial.

En virtud de todo lo expuesto y en aplicación del artículo 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia y de los artículos 10 y 52 de la Ley de expropiación

forzosa, en relación con lo previsto en el artículo 8 de la Ley 25/1988, de 29 de julio, a propuesta del conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día siete de marzo de mil novecientos noventa y seis,

DISPONGO:

Artículo único

Declarar la utilidad pública y la urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios y que se concretan en el expediente administrativo instruido, a efectos de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR