Decreto 212/2008, de 11 de septiembre, por el que se declara, en concreto, la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de trazado del tramo 2 de la Vía Ártabra (VG-1.3): enlace de Meirás-Veigue (AC-526), clave AC/04/156.01.2, y por el proyecto de trazado del tramo 3 de la Vía Ártabra (AC-526): Veigue (VG-1.3)-puerto de Lorbé, clave AC/04/156.01.3.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERIA DE POLITICA TERRITORIAL, OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Rango de LeyDecreto

Con fecha de 1 de septiembre de 2008, el director general de Obras Públicas, por delegación de la conselleira de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes aprobó el proyecto de trazado del tramo 2 de la Vía Ártabra (VG-1.3): enlace de Meirás-Veigue (AC-526), clave AC/04/156.01.2, y el proyecto de trazado del tramo 3 de la Vía Ártabra (AC-526): Veigue (VG-1.3)-puerto de Lorbé, clave AC/04/156.01.3.

Los bienes y derechos en los que se concreta la declaración de urgente ocupación aparecen recogidos y valorados en los citados proyectos.

La competencia para efectuar la declaración de urgente ocupación la tiene atribuida la Xunta de Galicia en virtud del artículo segundo del Decreto 156/1982, de 15 de diciembre, sobre asunción de transferencias en materia de carreteras y su asignación a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes.

La Vía Ártabra se configura como uno de los ejes estruturantes de la nueva red de vías de altas prestaciones que articulará el área metropolitana de A Coruña y que, a través de autovías gratuitas y seguras, conseguirá mejorar sustancialmente las comunicaciones entre los ayuntamientos de Cambre, Sada, Oleiros, A Coruña, Culleredo, Arteixo, Betanzos y Abegondo, redundando en la calidad de vida de los ciudadanos y en su movilidad, descongestionando los cascos urbanos, conectando por autovía todos los polígonos industriales de la comarca y afrontando la movilidad de A Coruña desde una perspectiva integral y con visión de futuro.

Estamos ante un tramo de esta nueva vía que articula la red vial de los ayuntamientos de Sada y Oleiros y supone sustituir los accesos actuales a través de carreteras locales y secundarias por una carretera que disminuye el tiempo de los recorridos y aumenta la seguridad vial.

En virtud de todo lo expuesto y en aplicación del artículo 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia y de los artículos 10 y 52 de la Ley de expropiación forzosa, en relación con lo previsto en el artículo 16 de la Ley 4/1994, de 14 de septiembre, de carreteras de Galicia, a propuesta de la conselleira de Política Territorial, Obras Públicas y...

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