Decreto 172/2007, de 6 de septiembre, sobre la asunción de funciones y servicios transferidos a la Comunidad Autónoma de Galicia mediante el Real decreto 1141/2007, de 31 de agosto, en materia de expedición del título de gestor administrativo, y sobre su asignación a la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PUBLICAS Y JUSTICIA
Rango de LeyDecreto

De acuerdo con lo establecido en el artículo 150.2º de la Constitución española, la Ley orgánica 16/1995, de 27 de diciembre, de transferencia de competencias a la Comunidad Autónoma de Galicia transfiere, en el marco de la legislación básica del Estado, el desarrollo legislativo y la ejecución en materia de corporaciones de derecho público representativas de intereses económicos y profesionales, complementando así el ámbito competencial determinado en el artículo 27.29º del Estatuto de autonomía de Galicia.

La transferencia en materia de colegios oficiales o profesionales se hizo efectiva a través del Real decreto 1643/1996, de 5 de julio y se asumió por el Decreto 337/1996, de 13 de septiembre, sobre asunción de funciones transferidas a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de colegios oficiales o profesionales y su asignación a la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales.

Mediante Real decreto 1141/2007, de 31 de agosto, se traspasan las funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de expedición del título de gestor administrativo.

Procede, en virtud del citado traspaso, asumir de forma expresa las dichas funciones y servicios, en los términos y condiciones especificados en el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias por lo que se amplían las funciones traspasadas a la Comunidad Autónoma de Galicia por el Real decreto 1643/1996, en materia de expedición de título de gestor administrativo y asignarlas al órgano de la Comunidad Autónoma competente en materia de colegios profesionales.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, y previa deliberación del Consejo de la Xunta de Galicia en su reunión de seis de septiembre de dos mil siete,

dispongo:

Artículo 1º Asunción del traspaso.

Quedan asumidas las funciones y servicios, traspasados por la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en virtud del Real Decreto 1141/2007, de 31 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios en materia de expedición del título de gestor administrativo, en los términos y condiciones especificados en el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 19 de junio de 2007, de ampliación de las funciones traspasadas a la Comunidad Autónoma de Galicia por el...

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