ORDEN de 9 de agosto de 2012 por la que se modifica la Orden de 2 de enero de 2012, de desarrollo del Decreto 15/2010, de 4 de febrero, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia, el procedimiento para la elaboración del programa individual de atención y la organización y funcionamento de los órganos técnicos competentes.
Sección | 1 - Disposiciones Generales |
Emisor | CONSELLERÍA DE TRABAJO Y BIENESTAR |
Rango de Ley | Orden |
A la vista de la evolución de la implantación del sistema de atención a la dependencia en la Comunidad Autónoma y de sus dificultades, con el objetivo de avanzar en el desarrollo de la atención y prevención de la situación de dependencia, adaptarse a los últimos cambios normativos, consolidar los derechos de las personas con grado y nivel de dependencia, así como de todas aquellas personas que ya eran usuarias del Sistema Gallego de Servicios Sociales con anterioridad a la entrada en vigor de la normativa específica en materia de dependencia, y garantizar la máxima agilidad y eficacia en los procedimientos de valoración de la dependencia y de la elaboración del programa individual de atención, se publicó, derogando el anterior decreto, el Decreto 15/2010, de 4 de febrero (DOG nº 34, de 19 de febrero), por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia, el procedimiento para la elaboración del programa individual de atención y la organización y funcionamiento de los órganos técnicos competentes, resultando necesario abordar su desarrollo normativo, especialmente en lo que respecta a los requisitos y condiciones para cada tipo de servicio y/o libranza, las intensidades de protección de los servicios, el régimen de compatibilidades entre los servicios y libranzas y los criterios para la gestión de las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en la Comunidad Autónoma de Galicia, se aprobó la Orden de 2 de enero de 2012, normativa fundamental con el objetivo de alcanzar la plena aplicación en la Comunidad Autónoma gallega de las previsiones contenidas en la propia Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia y en su normativa de desarrollo, especialmente en los acuerdos adoptados en el seno del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia.
El 14 de julio de 2012 se publica en el BOE el Real decreto ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.
Entre las medidas que recoge el real decreto ley, se recogen mejoras necesarias para asegurar la sostenibilidad presente y futura del sistema para la autonomía y atención a la dependencia y así, entre otras, a través de su disposición transitoria décima se aprueban las cuantías máximas de las prestaciones económicas por cuidados en el contorno familiar, de asistencia personal y de la prestación vinculada a un servicio, que serán efectivas a partir del 1 de agosto del presente año.
Teniendo en cuenta la aprobación de las nuevas cuantías señaladas, en consecuencia hay que modificar las disposiciones normativas dictadas en su desarrollo. Debido a ello, la Orden de 2 de enero de 2012, de desarrollo de Decreto 15/2010, de 4 de febrero, se ve afectado en la regulación contenida en su...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba