Decreto 272/2000, de 2 de noviembre, por el que se crea la Comisión de Seguimiento del Plan de Acción Joven 2000-2003.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERÍA DE FAMILIA Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO, MUJER Y JUVENTUD
Rango de LeyDecreto

La Constitución española, en su artículo 48, señala que los poderes públicos promoverán las condiciones, para la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural, y el Estatuto de autonomía de Galicia establece en su artículo 27.24º que le corresponde a la Comunidad Autónoma gallega la competencia en la promoción del desarrollo comunitario. Asimismo, por el Decreto 285/1989, de 16 de diciembre, se asumen las funciones y servicios transferidos por la Administración del Estado a la Comunidad autónoma gallega en materia de promoción sociocultural, en el ámbito de la juventud y del desarrollo comunitario.

En la consecución de la política de juventud, el Plan de Acción Joven 2000-2003 constituye una respuesta a las necesidades y expectativas de la juventud del nuevo siglo, a través de la necesaria coordinación de los departamentos de la Xunta de Galicia, abriendo la posibilidad de participación a las entidades locales y al movimiento asociativo juvenil. Se pretende, entre otros objetivos, consolidar entre la juventud los valores de la democracia, combatir el racismo y la violencia y fomentar la solidaridad, hacer posible su desarrollo personal y laboral, fomentar la integración social, mejorar la calidad de vida, promover la formación y educación en todos sus ámbitos, potenciar su participación en los ámbitos de la vida social y cultural y estimular su creatividad. En definitiva, fomentar la participación de los jóvenes en los ámbitos del empleo, vivienda, educación y formación, investigación, información y nuevas tecnologías, salud y calidad de vida, medio ambiente, cultura y ocio en el ámbito asistencial.

Con el objeto de realizar el seguimiento de los objetivos y la evaluación de los programas del Plan de Acción Joven 2000-2003, surge la necesidad de crear una comisión de seguimiento, teniendo una duración temporal determinada por la duración del Plan.

Por todo esto, y a propuesta de la conselleira de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud, en virtud de las competencias y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día dos de noviembre de dos mil,

DISPONGO:

Artículo 1º Creación y adscripción.
  1. Se crea la Comisión de Seguimiento del Plan de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR