DECRETO 123/2012, de 18 de mayo, por el que se determinan los órganos competentes para el ejercicio de la potestad sancionadora en materia de transporte terrestre y marítimo.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE, TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS
Rango de LeyDecreto

El Decreto 245/2009, de 30 de abril, por el que se regulan las delegaciones territoriales de la Xunta de Galicia, estableció un nuevo modelo organizativo en el ámbito de la Administración periférica de tal modo que, en aplicación de los principios de austeridad, eficacia y racionalización de la gestión, reformuló la estructura de la organización territorial de la administración de la Xunta de Galicia.

En la nueva estructura organizativa territorial de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras los servicios de movilidad de cada una de las jefaturas territoriales son las unidades administrativas encargadas de desarrollar las funciones propias de la consellería en materia de movilidad.

En el sector de los transportes por carretera, el Decreto 70/1993, de 10 de marzo, determinaba los órganos competentes para la imposición de sanciones y, en el ámbito de la Administración periférica, les atribuía a las personas titulares de las delegaciones provinciales la competencia para la imposición de sanciones derivadas de infracciones leves.

En el contexto normativo señalado, es necesario adaptar la actuación de los órganos con competencia sancionadora en materia de transportes a la nueva organización de la Administración periférica de la Xunta de Galicia y sustituir esta última norma reglamentaria por una nueva que tenga en cuenta el nuevo modelo organizativo adoptado.

A este respecto, en relación con la determinación de los órganos competentes para resolver los procedimientos sancionadores, más allá de las adaptaciones referidas, el presente decreto no supone modificación sustantiva alguna respecto a la situación anterior.

Pero, además, debe aprovecharse la aprobación de la nueva norma para incluir en ella una atribución expresa de competencias de iniciación e instrucción de los procedimientos sancionadores a favor bien de las personas titulares de los servicios de movilidad de cada una de las jefaturas territoriales, respecto de infracciones cometidas en su respectivo ámbito territorial, bien de la persona titular del Servicio de Informes y Recursos de la Subdirección General de Inspección del...

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