Decreto 349/2009, de 2 de julio, por el que se declara, en concreto, la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de trazado y construción de la obra de modificación de la AC-451, ramal de acceso a la autovía Santiago-Brión (convenio con el Ayuntamiento de Brión), trecho AC-451 autovía (AG-56)-Brans de Arriba, clave AC/05/002.03.2.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE, TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS
Rango de LeyDecreto

En fecha 18 de marzo de 2009 el director general de Obras Públicas, por delegación de la conselleira de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes resolvió aprobar el proyecto de trazado y construcción de la obra de modificación de la AC-451, ramal de acceso a la autovía Santiago-Brión (convenio con el Ayuntamiento de Brión), trecho AC-451 autovía (AG-56)-Brans de Arriba, clave AC/05/002.03.2.

Esta actuación supone evitar que el tráfico pase por el núcleo de Brión, densamente poblado, que además es una vía, en la mayor parte de su trazado de su trazado, muy estrecha y anticuada, lo que genera complicaciones en la circulación. Este nuevo vial -moderno, seguro y eficaz- facilitará fundamentalmente la conexión de los municipios de la comarca de A Barcala con la autovía AG-56, lo que les permitirá a los ciudadanos residentes en este territorio un rápido enlace con otras vías de alta capacidad y con la costa.

La justificación de la urgencia de ocupación de los bienes y derechos precisos para la ejecución del proyecto de trazado y construcción de la obra de modificación de la AC-451, ramal de acceso a la autovía Santiago-Brión (convenio con el Ayuntamiento de Brión), trecho AC-451 autovía (AG-56)-Brans de Arriba, clave AC/05/002.03.2, viene motivada en el hecho de que las conexiones actuales no son aptas, en ningún caso, para cubrir las necesidades y exigencias en materia de circulación viaria, ya que desde la entrada en servicio de la AG-56 se generó una mayor densidad de tráfico, y las vías actuales, por su antigüedad y con un trazado que discurre básicamente por zona urbana, no son capaces de garantizar los requisitos mínimos de seguridad exigibles.

Estas circunstancias obligan a una inmediata actuación de los poderes públicos para preservar la seguridad tanto de las personas como de los automovilistas, de ahí la necesidad de proceder de forma inmediata a la ejecución del proyecto de referencia y, consecuentemente, a una urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios para esta actuación, los cuales aparecen recogidos y valorados en el citado proyecto.

La competencia para efectuar la declaración de urgente ocupación la tiene atribuida la Xunta de Galicia en virtud del artículo segundo del Decreto 156/1982, de 15 de diciembre, sobre asunción de transferencias en materia de carreteras y su asignación a la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras.

En virtud de todo...

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