Resolución de 12 de marzo de 1996, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación en el Diario Oficial de Galicia de la revisión salarial del convenio colectivo del sector de industrias y comercio vitivinícola.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERIA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES
Rango de LeyResolución

Visto el expediente de revisión salarial del convenio colectivo del sector de industrias y comercio vitivinícola, que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 19-2-1996, suscrito en representación de la parte económica por la Asociación Provincial de Empresarios de vinos y licores, y por la parte social, por la central sindical CIG, en fecha 30-9-1995. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 bis del convenio colectivo, artículo 90.2º y , de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial,

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta

delegación provincial, y la notificación a las representaciones económica y social de la Comisión Negociadora.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Vigo, 12 de marzo de 1996.

Antonio Coello Bufill

Delegado provincial de Pontevedra

Acta única.

En Vigo, siendo las 19 horas de la tarde, se reúnen en los locales de la Confederación Intersindical Gallega, las personas abajo reseñadas:

Representación social: Oswaldo García Davila y Luciano Villar González.

Representación económica: Antonio Lago Vidal y Carlos Villanueva.

Ambas partes económicas se reconocen legitimadas para negociar el convenio colectivo provincial para las industrias y comercio vitivinícolas de Pontevedra, quedando compuesta la mesa negociadora con los presentes en reunión.

Orden del día.

Artículo 9 bis Revisión salarial año 95 del convenio vitivinícola.

El 0,5% de incremento constatado en el IPC se incorpora a las tablas de forma automática con efectos retroactivos desde el 1 de abril de 1995, en todos los conceptos retributivos, abonándose una sola paga como fecha límite el 30 de mayo de 1995.

Quedan al final aceptadas por las dos partes las modificaciones del convenio mencionadas.

En Vigo, 30 de setiembre de 1995.

Tabla de salarios

1995




Salario mes
pesetas
Grupo A Técnicos titulados
a) Con título superior 86.137
b) Con título
...

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