Orden de 22 de noviembre de 2010 por la que se resuelve la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de trabajo vacante en la Secretaría General para el Deporte, anunciada por la Orden de 10 de septiembre de 2010.

Sección4 - Oposiciones y Concursos
EmisorCONSELLERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PUBLICAS Y JUSTICIA
Rango de LeyOrden

Convocada la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de trabajo vacante en la Secretaría General para el Deporte, anunciada por Orden de 10 de septiembre de 2010 (Diario Oficial de Galicia nº 182, del 21 de septiembre), de conformidad con lo establecido en el artículo 29º.2 del Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia, y en el artículo 16º del Decreto 93/1991, de 20 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de provisión de puestos de trabajo, promoción profesional y promoción interna, y en el uso de las atribuciones conferidas por el artículo 17º.4 del referido decreto legislativo, la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

DISPONE:

Primero.-Resolver la convocatoria pública para la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de trabajo vacante en la Secretaría General para el Deporte, anunciada por la Orden de 10 de septiembre de 2010 (Diario Oficial de Galicia nº 182, del 21 de septiembre).

Segundo.-Adjudicar destino, en el puesto de trabajo que se indica, y seleccionar al funcionario que se relaciona en el anexo de esta orden.

Tercero.-El cese en el destino actual del funcionario que obtuvo plaza se producirá en el plazo de tres días, contados a partir del siguiente al de la fecha de publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

El plazo para la toma de posesión en el nuevo destino será de tres días a partir del siguiente al del cese, de tratarse de la misma localidad donde actualmente el funcionario preste servicio, o de un mes si radica en distinta localidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 14º del Decreto 93/1991, de 20 de marzo, y con lo dispuesto en la base séptima de la convocatoria.

El cómputo de plazos de posesión se iniciará cuando acaben los permisos o licencias que, en su caso, fuesen concedidas al interesado. En los supuestos de baja temporal o transitoria se iniciará a partir de la correspondiente alta.

Cuarto.-La jefatura del centro en el que cause baja el funcionario, así como la de aquel en el que obtenga destino consignará en el título administrativo, dentro del plazo señalado en el punto anterior, las correspondientes diligencias de cese y toma de posesión.

Quinto.-Contra esta orden, que agota la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de...

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