DECRETO 103/2015, de 15 de julio, por el que se determinan las fiestas de la Comunidad Autónoma de Galicia del calendario laboral para el año 2016.

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorCONSELLERÍA DE TRABAJO Y BIENESTAR
Rango de LeyDecreto

El artículo 37.2 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y el artículo 45 del Real decreto 2001/1983, de 28 de julio, en su redacción dada por el Real decreto 1346/1989, de 3 de noviembre, determinan el calendario de fiestas laborales de ámbito estatal, de carácter retribuido y no recuperable. Respecto de alguna de estas fiestas de ámbito estatal las comunidades autónomas tienen facultades de opción y de sustitución por otras que por tradición les sean propias, y también podrán sustituir, cuando haya fiestas estatales que coincidan con domingo, incorporando otras de la comunidad autónoma que les sean tradicionales.

Conforme a lo referido anteriormente, y haciendo uso de las facultades de opción y substitución, se opta por el 25 de julio, fiesta de Santiago Apóstol, como Día Nacional de Galicia, y por coincidir en domingo se sustituyen los días 1 de mayo Fiesta del Trabajo y 25 de diciembre día de Navidad por los días 17 de mayo, Día de las Letras Gallegas y 24 de junio, día de San Juan, respectivamente.

Según lo establecido en la Constitución española y en el artículo 29.1 del Estatuto de Autonomía de Galicia, en relación con el Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma de Galicia, en su virtud y haciendo uso de las facultades que me confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, consultado el Consejo Gallego de Relaciones Laborales, a propuesta de la conselleira de Trabajo y Bienestar, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión de quince de julio de dos mil quince,

DISPONGO:

Artículo 1 Fiestas laborales propias de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2016

Además de las fiestas de ámbito estatal que se señalen, para el año 2016 se declaran fiestas laborales propias de la Comunidad Autónoma de Galicia, con carácter retribuido y no recuperable, las siguientes:

17 de mayo: Día de las Letras Gallegas.

24 de junio: Día de San Juan.

25 de julio: Día Nacional de Galicia.

Artículo 2 Fiestas locales

Conforme a lo dispuesto en el artículo 37.2 del Estatuto de los trabajadores, artículo 46 del Real decreto 2001/1983, de 28...

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