DECRETO 116/2017, de 2 de noviembre, por el que se declara, en concreto, la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de trazado del semienlace de acceso al polígono industrial de Areas-Tui, desde la VAC Tui-A Guarda, tramo I, en el ayuntamiento de Tui (clave PO/03/009.01.1.1).

Sección3 - Otras Disposiciones
EmisorConsellería de Infraestructuras y Vivienda
Rango de LeyDecreto

Antecedentes.

Primero. Por Resolución de la Agencia Gallega de Infraestructuras de 18 de marzo de 2016 se aprobó provisionalmente el proyecto de trazado del semienlace de acceso al polígono industrial de Areas-Tui, desde la VAC Tui-A Guarda, tramo I, de clave PO/03/009.01.1.1.

Segundo. Con fecha de 6 de mayo de 2016 se publicó en el Diario Oficial de Galicia (núm. 86) el Anuncio de 28 de abril de 2016 por el que se somete al trámite de información pública el proyecto de trazado del semienlace de acceso al polígono industrial de Areas-Tui, desde la VAC Tui-A Guarda, tramo I, de clave: PO/03/009.01.1.1, así como la relación individual de bienes, derechos y propetarios afectados por el proyecto referenciado.

Posteriormente, y tras el análisis de las certificaciones presentadas, el 27 de junio de 2016 se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de trazado del semienlace de acceso al polígono industrial de Areas-Tui, desde la VAC Tui-A Guarda, tramo I, de clave: PO/03/009.01.1.1.

Este proyecto tiene por objeto definir el trazado del semienlace de acceso al polígono de Areas (Tui), desde la vía de alta capacidad Tui-A Guarda, aprovechando el paso inferior existente en la misma. Dicho semienlace permite la comunicación directa del polígono hacia las distintas vías de alta capacidad, comunicando éste con una amplia zona geográfica comprendida entre Galicia y Portugal.

Las obras previstas comprenden la construcción de dos glorietas en ambos márgenes de la autovía, unidas a través del paso inferior; de ellas parte el ramal de acceso a la autovía y finaliza en el ramal de salida de la misma. También se canalizará el cauce del riachuelo San Martiño y se restituirán los caminos de servicio afectados, a fin de establecer una continuidad en los mismos.

La competencia para la ejecución de la expropiación forzosa, en el ámbito de las carreteras no incorporadas a la red del Estado, con itinerarios que se desarrollen íntegramente en su territorio, corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del apartado dos del artículo 28 del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril...

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