DECRETO 140/2016, de 20 de octubre, por el que se aprueba la bandera del Ayuntamiento de Tui (Pontevedra).
Sección | 3 - Otras Disposiciones |
Emisor | Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia |
Rango de Ley | Decreto |
El Ayuntamiento de Tui (Pontevedra) consideró conveniente organizar correctamente su emblema municipal para perpetuarlo con la simbología adecuada y conforme a las normas de la heráldica. Para ello, y de acuerdo con las facultades que le confieren las disposiciones legales vigentes, elevó el informe histórico-heráldico, con la correspondiente propuesta de representación gráfica de la bandera, para su aprobación definitiva.
La competencia exclusiva en materia de adopción, modificación o rehabilitación de los emblemas heráldicos de los ayuntamientos y de otras entidades locales le corresponde a la Comunidad Autónoma gallega, según lo dispuesto por el artículo 27.2 del Estatuto de autonomía de Galicia.
El expediente se tramitó conforme a las normas de procedimiento establecidas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local; Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia; en el Decreto 19/2010, de 11 de febrero, por lo que se aprueba el Reglamento de símbolos de las entidades locales de Galicia, y en el Real decreto 2568/1986, de 10 de diciembre, que aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales.
En su virtud, visto el informe emitido por la Comisión de Heráldica de la Xunta de Galicia y a propuesta del vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veinte de octubre de dos mil dieciséis,
DISPONGO:
El paño azul y al centro una franja horizontal blanca de un tercio del ancho
.
Santiago de Compostela, veinte de octubre de dos mil dieciséis
Alberto Núñez FeijóoPresidente
Alfonso Rueda ValenzuelaVicepresidente y conselleiro de Presidencia...
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